ORDENANZAS

ORDENANZA AD- REFERENDUM Nº 000381

VISTO: El proyecto de Código de Habilitaciones y Verificaciones Municipal; y

CONSIDERANDO:

Que el citado código tiene por objetivo cubrir vacíos legales existentes en materia de habilitaciones de establecimientos comerciales, industriales y de servicios en jurisdicción municipal; los procedimientos a seguir y requisitos para las bajas, modificaciones, traslados y cierre de los citados establecimientos;

Que el proyecto de Código mencionado unifica en un solo cuerpo o texto normativo las regulaciones relacionadas con el ejercicio de distintas actividades; fundamentalmente aquellas que se vinculan con los aspectos mencionados precedentemente (salubridad, seguridad, higiene y medio ambiente), tales como la fabricación, venta y transporte de productos alimenticios, la seguridad en establecimientos de acceso masivo de público (hoteles, escuelas, bailes; restaurant, bares y confiterías; uso de la vía pública (carteles, mesas y sillas, vendedores ambulantes, ferias, etc.); preservación del medio ambiente (fumigaciones, arbolado público) y manipulación de sustancias peligrosas o inflamables (ventas de gas, estaciones de servicios, venta de pirotecnia), entre otros aspectos.

Que las normas contenidas en el citado texto se han redactado teniendo en cuenta la legislación nacional y provincial vigente, tales como el Código Alimentario Nacional, Ley 20.429, Ley 19.587 (De Seguridad e Higiene), Resoluciones del ENARGAS, de la Secretaría de Energía de la Nación, Medio Ambiente, etc.

Que las normas establecidas regulan aspectos de competencia municipal, de conformidad con lo dispuesto por la Constitución Provincial y Ley 1349 y sus modific.;

Que, encontrándose en receso el Concejo Deliberante y ante la urgente necesidad de contar con normas que regulen el funcionamiento de los distintos establecimientos comerciales, industriales, de servicios, etc, resultan aplicables las disposiciones contenidas en el inc. 32 del art. 30 de la Ley 1349 y sus modific.;

Por ello:

El Intendente Municipal de Vaqueros, Ad Referéndum del Concejo Deliberante, Sanciona con Fuerza de


ORDENANZA

Artículo 1º: Apruébase el nuevo Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Municipalidad de Vaqueros, el que obra en anexo por separado, que se adjunta y forma parte integrante de la presente.

Artículo 2º: Las disposiciones de este código tendrán vigencia a partir del día siguiente al de su promulgación.

Artículo 3º: Derógase toda otra disposición que se oponga a la presente Ordenanza.

Artículo 4º: Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.

Dado en la Sede de la Administración Municipal de Vaqueros, a los 27 días del Mes de Marzo de Dos Mil Doce.

Daniel Moreno

Intendente Municipal

Vaqueros - Salta

F. N° 0001-41166
Orden de Publicación: 100028180
Importe: $98,00
Fecha/s de Publicación: 05/06/2012