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RESOLUCIONES
Publicado en el Boletín Oficial N° 15827, el día de de
Salta, 10 de Diciembre de 2012
RESOLUCION Nº 998
Ministerio de Ambiente y Producción Sustentable
VISTO la Ley Nº 7070, su Decreto Reglamentario Nº 3097/00, la Ley Nº 7694 y el Decreto Nº 5114/11; y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 62 del Decreto Nº 3097/00 dispone que las personas públicas y privadas, responsables de proyectos, planes, programas u obras sujetos a evaluación de impacto ambiental y social, deberán contar, previo al comienzo de la ejecución de la obra y/o acción de que se trate, con el correspondiente certificado expedido por Autoridad Competente en la materia, que acredite el cumplimiento de los permisos rectores para la preservación, conservación, defensa y mejoramiento del ambiente, establecido en la Ley Nº 7070;
Que, en este sentido, corresponde distinguir los conceptos de Autoridad Competente y Autoridad de Aplicación, revistiendo este último carácter el Ministerio de Ambiente y Producción Sustentable, en virtud de los dispuesto por el artículo 17 de la Ley Nº 7070 y 28 de la Ley Nº 7694;
Que, por su parte, de conformidad a la normativa expuesta, resultará ser autoridad competente aquel organismo que en orden a la materia tenga la aptitud para entender y resolver en cada caso particular;
Que la Ley Nº 7694 creó el Ministerio de Ambiente y Producción Sustentable y posteriormente, el Decreto Nº 5114/11 estableció a la Secretaría de Industria, Comercio y Financiamiento bajo su dependencia;
Que por Resolución Nº 84/08 del ex Ministerio de Desarrollo Económico, se aprobó el Manual de Misiones y Funciones de la entonces Secretaría de Comercio, Industria y Servicios, actual Secretaría de Industria, Comercio y Financiamiento, asignándole competencias para promover e intervenir en la elaboración de un régimen de radicación de emprendimientos industriales, evaluando, controlando y minimizando su impacto en el medio ambiente;
Que a la fecha no se encuentra aprobado el manual de misiones y funciones de la Secretaría de Industria, Comercio y Financiamiento, dependiente del Ministerio de Ambiente y Producción Sustentable, no obstante lo cual se encuentra vigente, la Resolución Nº 84/08 del ex Ministerio de Desarrollo Económico, en lo que no se opone a las nuevas estructuras ministeriales;
Que en razón de lo expuesto y a fin de evitar ineficiencias en el procedimiento de la evaluación de los Estudios de Impacto Ambiental y Social y la posterior emisión del Certificado de Aptitud Ambiental, corresponde precisar la Autoridad con competencia para ello en materia de proyectos industriales, comerciales y productivos en general, a ser desarrollados en la Provincia de Salta;
Por ello;
El Ministro de Ambiente y Producción Sustentable
RESUELVE
Artículo 1º - Determinar que la Secretaría de Industria, Comercio y Financiamiento, dependiente del Ministerio de Ambiente y Producción Sustentable resulta competente para entender en el procedimiento de evaluación de los Estudios de Impacto Ambiental y Social y la posterior emisión del Certificado de Aptitud Ambiental, de los Proyectos industriales, comerciales y productivos en general, a ser desarrollados en la Provincia de Salta, sin perjuicio de las facultades que le correspondieren a los municipios en virtud del artículo 176 de la Constitución Provincial.
Art. 2º - Disponer que la presente Resolución se aplicará a los proyectos en trámite que aún no cuenten con el Certificado de Aptitud Ambiental.
Art. 3º - Comunicar, Publicar en el Boletín Oficial y Archivar.
Ing. Alfredo De Angelis
Ministro de Ambiente y Producción Sustentable
R. S/C N° 100004068
Orden de Publicación: 100031731
Importe: $0
Fecha/s de Publicación: 17/12/2012