ORDENANZAS



CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN LORENZO

ORDENANZA Nº 2002/2019



VISTO
:

La Ordenanza N° 1817/2017 y Decreto N° 74/2019; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco del Decreto N° 74/2019, este Concejo fue convocado a sesionar de manera extraordinaria, el día 20 de diciembre de 2019, a los fines de tratar la Ordenanza N° 1817/2017;

Que, el artículo 2.° de la mencionada Ordenanza, aprueba la celebración del Contrato de Comodato con la Asociación Deportiva, Social y Cultural San Rafael;

Que, su duración fue acordada en el artículo séptimo del contrato, por el término de tres años, a partir de la promulgación de la Ordenanza, el día 15 de mayo de 2017, encontrándose el mismo vigente a la fecha;

Que, asimismo, mediante el artículo decimosexto, la comodataria asume la obligación de presentar al Poder Ejecutivo Municipal y al Concejo Deliberante, el balance correspondiente a cada ejercicio vencido, aprobados por la Asamblea de socios de la Institución, hasta el 30 de junio de cada año;

Que, atento al incumplimiento de dicha obligación y el conocimiento del uso indebido del inmueble, el Concejo acuerda rescindir el contrato de comodato y solicitar la restitución anticipada del predio, conforme al artículo 1539 del Código Civil y Comercial de la Nación;

Que, de conformidad a lo establecido por las Leyes Nos 5348 y 8115, corresponde a este Concejo Deliberante emitir el presente instrumento legal;

POR ELLO:



EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE SAN LORENZO, EN REUNIÓN

HA ACORDADO Y SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA, Y

ORDENA:



Artículo 1.°) RESCÍNDASE el Contrato de Comodato celebrado con la Asociación Deportiva, Social y Cultural San Rafael, aprobado mediante Ordenanza N° 1817/2017, sobre la matrícula Nº 167.833 de la Municipalidad de San Lorenzo, por los motivos expuestos en el considerando del presente.

Artículo 2.°) INTÍMASE a la Asociación Deportiva, Social y Cultural San Rafael a restituir el inmueble en el término de cuarenta y ocho horas, bajo apercibimiento de iniciar la acción de desalojo correspondiente.

Artículo 3.°) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.



DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN LORENZO, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.





Juan Pablo Davalos, PRESIDENTE - Miguel A. Mercado, VICEPRESIDENTE -  Monica Melisa Gonzalez, Maria Elisea Lozano, Jose Maria Conde Mauger, Maria Victoria Cayo, Jose Osvaldo Reynaga - MIEMBROS - Olga Noemi Ceballos, SECRETARIA LEGISLATIVA







EJECUTIVO MUNICIPAL, 06 de enero de 2020. PROMÚLGUESE, Téngase por Ordenanza, Regístrese bajo el Nº 2002/2019. Publíquese, dese al Boletín Municipal y archívese.



Dr. Jose Manuel Saravia, INTENDENTE MUNICIPALIDAD DE SAN LORENZO




F. N° 0011 - 00001808
Orden de Publicación: 100077868
Importe: $700.00
Fecha/s de Publicación: 20/01/2020