ESTE TEXTO ES COPIA FIEL DEL BOLETÍN OFICIAL
ORDENANZAS
Concejo Deliberante
Departamento Anta - Salta
VISTO:
El proyecto de código de Habilitaciones y verificaciones remitido por el departamento Ejecutivo Municipal, y
CONSIDERANDO:
Que el citado proyecto tiene por objetivo regular con precisión los aspectos relacionados con las habilitaciones de establecimientos comerciales, industriales y de servicios en jurisdicción municipal, los procedimientos a seguir y requisitos para las bajas y modificaciones, traslados y cierre de los citados establecimientos,
Que asimismo establece normas relacionadas con el funcionamiento de tales establecimientos, relacionados con la salubridad, seguridad e higiene,
Que el código propuesto pretende unificar en un solo cuerpo o texto normativo las regulaciones relacionadas con el ejercicio de distintas actividades, fundamentalmente aquellas que se vinculan con los aspectos mencionados precedentemente (salubridad, seguridad, higiene y medio ambiente), tales como la fabricación, venta y transporte de productos alimenticios, la seguridad en establecimientos de acceso masivo de público (hoteles, escuelas, bailes, restaurante, bares, y confiterías, uso de la vía publica (carteles, mesas y sillas, vendedores ambulantes, ferias, etc.) preservación del medioambiente) fumigaciones, arbolado público) y manipulación de sustancias peligrosas o inflamables (venta de gas, estaciones de servicios, venta de pirotecnia), entre otros aspectos.
Que las normas contenidas en el presente proyecto se han redactado teniendo en cuenta la legislación nacional y provincial vigente, tales como el código alimentario Nacional, Ley 20.429, Ley 19.587 (de seguridad e higiene), resoluciones de ENARGAS, de la secretaría de Energía de la Nación, etc.
Que proyecto propuesto pretende simplificar el ordenamiento normativo municipal, brindar seguridad y certeza jurídica a los contribuyentes y facilitar la aplicación por parte de los agentes y funcionarios municipales,
Que las normas establecidas regulan aspectos de competencia municipal, de conformidad con lo dispuesto por la constitución provincial y la Ley 1349 y sus modific.
Por ello
El Concejo Deliberante sanciona con Fuerza de:
ORDENANZA
Artículo 1º - Apruébese el código de Habilitaciones y Verificaciones de la Municipalidad de El Quebrachal, el que obra en anexo por separado que se adjunta y forma parte integrante de la presente.
Art. 2º - Las Disposiciones de este código tendrán vigencia a partir del día siguiente al de su promulgación.
Art. 3º - Derógase toda otra disposición que se oponga a la presente ordenanza.
Art. 4º - Comuníquese, notifíquese, regístrese y archívese.
31 de Marzo de 2.006
Dante Edmundo Salazar
Presidente del Concejo Deliberante
Municipalidad de El Quebrachal
Liliana Gerez de Paz
Secretaria
F. N° 169506
Orden de Publicación: 16803
Importe: $56,00
Fecha/s de Publicación: 24/07/2006