DECRETO N° 614/18
APRUEBA CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN PARA LA CREACIÓN DE LA PROMOCIÓN DE LA ACTIVIDAD PRODUCTIVA SUSTENTABLE DE LOS BOSQUES DE SALTA CELEBRADO ENTRE EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA NACIÓN Y EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SALTA.

Publicado en el Boletín N° 20274, el día 04 de Junio de 2018




VISTO el Convenio Marco de Colaboración para la Creación de la Promoción de la Actividad Productiva Sustentable de los Bosques de Salta celebrado entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, el Ministerio de Agroindustria de la Nación y el Gobierno de la Provincia de Salta; y,

CONSIDERANDO:

Que en dicho Convenio las partes acuerdan trabajar conjuntamente en la elaboración de criterios de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos en esta provincia, promocionado y apoyando actividades productivas a desarrollarse en bosques nativos ubicados en categoría amarilla, implementando además planes de restauración y reforestación de zonas degradadas;

Que las partes se comprometen además a elaborar, a través de sus equipos técnicos, alternativas de producción sustentable en áreas categorizadas como “amarillas” en el marco de la Ley Nacional N° 26.331 y de la Ley Provincial N° 7543;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 140, párrafo segundo, de la Constitución Provincial;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO .- Apruébase el Convenio Marco de Colaboración para la Creación de la Promoción de la Actividad Productiva Sustentable de los Bosques de Salta celebrado entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación representado por su titular, Rabino Sergio Alejandro Bergman, el Ministerio de Agroindustria de la Nación representado por su Coordinador General, Ing. Agr. Santiago Del Solar y el Gobierno de la Provincia de Salta, representado por el suscripto; el que como Anexo forma parte integrante del presente.

ARTÍCULO .- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO .- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



URTUBEY - Bibini - Yarade (I)



VER ANEXO
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