DECRETO N° 639/06
RATIFICA RESOLUCION Nº 886/05 DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Publicado en el Boletín N° 17359, el día 18 de Abril de 2006



VISTO la Resolución Nº 886/05, emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable; y,

CONSIDERANDO:

Que a través de la misma se crea la Brigada Ambiental dependiente del citado organismo, cuya finalidad es la ejecución del control, la fiscalización y el resguardo ambiental en la Provincia de Salta, de conformidad con las facultades conferidas por la Ley Nº 7070 y su Decreto Reglamentario Nº 3097/00 y la Ley Nº 7107 del Sistema Provincial de Areas Protegidas;

Que la citada Brigada estará conformada por los Guardas Ambientales o Guardas de Reserva, el Cuerpo de Control o Guardas de Control y el Cuerpo de Fiscalización o Guardas de Fiscalización, cuyas funciones entre otras serán la de custodia, vigilancia, control y seguridad en sitios con categoría de Area Protegida, como así también, la Fiscalización de los proyectos y actividades aprobados por la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable en etapa de ejecución, con respecto a sus implicancias e impactos ambientales;

Que para el cumplimiento de los objetivos planteados la Autoridad de Aplicación destinará los recursos existentes en el Fondo Provincial del Medio Ambiente, creado por Ley Nº 7070, Art. 150º;

Que a fs. 28 el Sub-Programa Contable Administrativo actual Programa Administrativo Contable, agrega la imputación preventiva correspondiente;

Por ello y con encuadre en las previsiones de la Ley Nº 7070 y demás normas reglamentarias vigentes,

El Gobernador de la provincia de Salta


D E C R E T A:


Artículo 1º - Ratifícase en todas sus partes la Resolución Nº 886/05, emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable a través de la cual se crea la Brigada Ambiental dependiente del citado organismo, cuya finalidad es la ejecución del control, la fiscalización y el resguardo ambiental en la Provincia de Salta, de conformidad con las facultades conferidas por la Ley Nº 7070 y su Decreto Reglamentario Nº 3097/00 y la Ley Nº 7107 del sistema Provincial de Areas Protegidas, con vigencia al 1º de enero de 2006.

Art. 2º - Dispónese que los inspectores que se incorporen al área creada por el Artículo 1º, serán encuadrados dentro de un régimen de designación con un Contrato de Locación de Servicios, en virtud a que dichas actividades no se encuentran incluidas en la Estructura, Planta de Cargos y cobertura de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable.

Art. 3º - Facúltese a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable a celebrar los Contratos de Locación de Servicios los que deberán ser aprobados por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial.

Art. 4º - Los gastos que demande lo dispuesto en el presente, serán solventados por el Fondo Provincial del Medio Ambiente.

Art. 5º - El presente decreto será refrendado por los señores Ministro de la Producción y el Empleo y Secretario General de la Gobernación.

Art. 6º - Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
ROMERO - Camacho - Medina