DECRETO N° 727/21
APRUEBA PRÓRROGA DE CONTRATO DE LOCACIÓN DE INMUEBLE. SRES. SERGIO GONZÁLEZ Y OLGA ELENA ACUÑA. DESTINO: FUNCIONAMIENTO DEL BACHILLERATO SALTEÑO PARA ADULTOS Nº 7062.

Publicado en el Boletín N° 21069, el día 09 de Septiembre de 2021





SALTA, 01 de Septiembre de 2021

DECRETO Nº 727

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Expediente Nº 0120106-5268/1994-1001

VISTO el contrato de locación de inmueble suscripto entre el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Salta, y los señores Sergio González Zigarán y Olga Elena Acuña; y,

CONSIDERANDO:

Que por conducto del Decreto Nº 1.123/2017, se aprobó el contrato de locación del inmueble ubicado en la calle General Pico La Pampa Nº 6, Local Nº 5, Barrio Intersindical, identificado como Catastro Nº 89562 del Departamento Capital (01), Sección R, Manzana 524, Parcela 2, Unidad Funcional 5, destinado al funcionamiento del Bachillerato Salteño para Adultos Nº 7062, dependiente de la Dirección General de Educación de Jóvenes y Adultos o cualquier unidad educativa u oficina que determine el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología;

Que habiéndose producido su vencimiento, las partes acuerdan su prorroga desde el 01 de enero de 2020, hasta el 31 de diciembre de 2021;

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 4º de la Resolución Nº 27/2021 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, ha intervenido la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas;

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos y la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, tomaron la intervención de su competencia;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/2018,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la prórroga del contrato de locación de inmueble suscripto entre el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Salta, y los señores Sergio González Zigarán, DNI Nº 8.172.937 y Olga Elena Acuña, DNI Nº 6.225.802, a partir del 01 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2021, el que como anexo forma parte del presente.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará a la siguiente partida presupuestaria: Jurisdicción 07: Ministerio de Educación- SAF 1: Ministerio de Educación - Curso de Acción: 012 - Actividad: 0001-Servicios No Personales - Docencia Educación Primaria -Código: 071012000100.

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Cánepa - Villada (I)



VER ANEXO