DECRETO N° 752/20
DELEGA EN EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS, LA COMPETENCIA DE GESTIONAR FINANCIAMIENTO PROVENIENTE DE ORGANISMOS NACIONALES Y INTERNACIONALES DE CRÉDITO O ESTADOS EXTRANJEROS.

Publicado en el Boletín N° 20868, el día 16 de Noviembre de 2020





SALTA, 11 de Noviembre de 2020

DECRETO Nº 752

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

VISTO
la Ley Nº 8.171, del Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretario General de la Gobernación, Secretarios de Estado y Subsecretarios de Estado, y los Decretos Nº 16/19, Nº 168/20; y,

CONSIDERANDO:

Que, la mencionada Ley establece que el Gobernador es el titular de la Administración Pública y ejerce la función administrativa asistido por nueve (9) ministros y el Secretario General de la Gobernación, autorizándolo a efectuar todas las reestructuraciones orgánicas y presupuestarias que fueren menester para la mejor ejecución de la misma;

Que, por Decreto Nº 16/19, se aprobaron las estructuras orgánicas ministeriales del Poder Ejecutivo Provincial hasta el nivel de Subsecretaría;

Que, en el mencionado instrumento se dispuso que la Subsecretaría de Financiamiento, dependiera de la Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación, mientras que por Decreto Nº 168/20 se aprobó la estructura de la mentada Subsecretaría;

Que así también, conviene tomar medidas tendientes a procurar el ahorro en la administración Pública, para lo cual resulta necesario modificar la jerarquía de la Subsecretaría de Financiamiento, convirtiendo la misma en Dirección General, lo cual redundará en un ahorro económico y una mejora en el funcionamiento estructural de la misma.

Que en dicha inteligencia y a los fines de mejorar el funcionamiento administrativo, conviene en éste acto modificar la dependencia administrativa de la Dirección General de Financiamiento, trasladando la misma a la órbita del Ministerio de Economía y Servicios Públicos de la Provincia;

Que, en consecuencia, resulta necesario el dictado del correspondiente acto administrativo;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Delegar en el Ministerio de Economía y Servicios Públicos, la competencia de gestionar financiamiento proveniente de organismos nacionales, organismos internacionales de crédito o estados extranjeros.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la denominación de la Secretaría de Planificación Financiera dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Púbicos, por el de Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera.

ARTÍCULO 3º.- Modificar parcialmente los Decretos Nº 16/19 y Nº 168/20, eliminando del ámbito de la Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación; la Subsecretaría de Financiamiento.

ARTÍCULO 4º.- Crear la Dirección General de Financiamiento la que funcionará en el Ministerio de Economía y Servicios Públicos vinculándose jerárquicamente al mismo a través de la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera, conforme anexo que se acompañan al presente.

ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Economía y Servicios Públicos y Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Dib Ashur - Posadas



VER ANEXO