DECRETO N° 1664/17
LEY Nº 8053 - DISPONE SISTEMA DE REEMPLAZO DE LOS SEÑORES MINISTROS Y DEL SEÑOR SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN.

Publicado en el Boletín N° 20156, el día 01 de Diciembre de 2017




VISTO el Decreto Nº 29/2.016 y la Ley Nº 8.053; y,

CONSIDERANDO:

Que el citado Decreto se dictó en el marco de la Ley Nº 7.905 -hoy derogada-, disponiéndose en el mismo el sistema de reemplazo de los señores Ministros que deban ausentarse, así como también contemplaba la situación de ausencia del Ministro de Hacienda y Finanzas y del Secretario General de la Gobernación y sus reemplazos;

Que la Ley Nº 8.053, denominada del Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretario General de la Gobernación, Secretarios de Estado, Subsecretarios de Estado, dispone en su artículo 19 nuevas denominaciones en algunos de los once ministerios que asisten al señor Gobernador con respecto a los contemplados en la Ley Nº 7.905;

Que, en consecuencia de ello, corresponde establecer el nuevo sistema de reemplazos acorde a los lineamientos de la Ley Nº 8.053;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dispónese que a partir del 21 de Noviembre de 2.017, los señores Ministros que deban ausentarse, serán reemplazados en forma interina y mientras dure su ausencia, por su similar, atento al orden de prelación dispuesto en el artículo 19 de la Ley Nº 8.053. En caso de ausencia del señor Secretario General de la Gobernación o del señor Ministro de Economía, serán reemplazados por el señor Ministro Jefe de Gabinete, o quien a éste reemplace.

ARTÍCULO 2º.- Derógase el Decreto Nº 29/2.016 y toda disposición que se oponga al presente.

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín y Oficial y archívese.



URTUBEY - Simón Padrós