EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- MODIFÍCASE, a partir del 1 de diciembre de 2.017, la Estructura del Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda, aprobada por Decreto N° 21/16 y modificada por su similar N° 349/17, conforme al Anexo del presente.
ARTÍCULO 2°.- DISPÓNESE que, hasta tanto se confeccionen las plantas de cargos y coberturas del Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda, adecuadas a la Ley N° 8.053, se mantendrán las asignaciones y encuadre escalafonario vigente para los agentes incorporados en cada planta.
ARTÍCULO 3°.- Los errores y omisiones que pudiesen detectarse en lo aprobado en el presente, no crean derecho alguno y deberán subsanarse por Resolución Conjunta de la Secretaría General de la Gobernación y del Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda, respetando la normativa vigente.
ARTÍCULO 4°.- DISPÓNESE que, a los efectos presupuestarios, los gastos que se generen, hasta el cierre de presente ejercicio financiero, se imputarán de conformidad a la estructura vigente por aplicación de la Ley N° 7.905.
ARTÍCULO 5°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Infraestructura, Tierra y Vivienda y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
URTUBEY - Saravia - Simón Padrós
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