LEY N° 420 SE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE CERRILLOS A CONTRATAR UN EMPRéSTITO (DIGESTO JURíDICO LEY 7.913, ANEXO IV Y V LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)
Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1889. Sancionada el día 17 de Noviembre de 1889.
LEY 420
Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA)
LEY Nº 237
Se autoriza a la municipalidad de Cerrillos para contratar un empréstito
Artículo 1°.- Autorízase a la municipalidad del departamento de Cerrillos para contratar un empréstito hasta la cantidad de diez mil pesos moneda nacional de curso legal con sólo la garantía de las rentas y propiedades de dicha municipalidad.
Art. 2°.- Dicho empréstito será con el objeto de construir un acueducto que dote al pueblo de Cerrillos de agua potable y para la expropiación de ésta:
Para la delineación del pueblo, levantando un plano a fin de que en lo sucesivo se haga bajo un plan regular; y para alguna otra obra de carácter necesario.
Art. 3°.- El producido de dicha obra también se afectará al pago del empréstito.
Art. 4º.- Comuníquese, etc.
FELIX USANDIVARAS – Sixto Ovejero – Martín T. Sosa – J. M. Avellaneda
Departamento de Gobierno y Hacienda
Salta, noviembre 30 de 1889.
Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, publíquese e insértese en el Registro Oficial.