LEY N° 724 ACORDANDO AL PODER EJECUTIVO UN CRÉDITO EXTRAORDINARIO PARA PAGO DE DEUDAS DE EJERCICIOS VENCIDOS. (DIGESTO JURÍDICO LEY 7.913, ANEXO IV. LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)
Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1905. Sancionada el día 23 de Septiembre de 1905.
LEY 724 (Original Nº 240)
Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA)
Acordando al Poder Ejecutivo un crédito extraordinario para pago de deudas de ejercicios vencidos.
El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Salta, sancionan con fuerza de
LEY
Artículo 1º.- Acuérdase al P. Ejecutivo de la Provincia un crédito extraordinario por la suma de seiscientos treinta y seis pesos veinticinco centavos moneda nacional, para mandar pagar planillas correspondientes al ejercicio económico del año mil novecientos cuatro.
Art. 2º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones, Salta, Setiembre 23 de 1905.
FÉLIX USANDIVARAS – Delfín Leguizamón – Juan B. Gudiño – Emilio Soliverez.
Ministerio de Hacienda
Salta, Setiembre 28 de 1905.
Ejecútese como ley de la Provincia, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
OVEJERO – Ignacio Ortíz.
FÉLIX USANDIVARAS – Delfín Leguizamón – Juan B. Gudiño – Emilio Soliverez.