LEY N° 3908 MODIFICACION DECRETO LEY 77/56. (DIGESTO JURÍDICO LEY 7.913, ANEXO IV Y V LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)
Publicado en el Boletín N° 7222, el día 17 de Noviembre de 1964. Sancionada el día 22 de Octubre de 1964.
Artículo 1º.- Sustitúyese el artículo 79 del Decreto Ley 77/56 por el siguiente:
“Art. 79.- Las actuaciones para gestionar cualquiera de los beneficios comprendidos en el régimen de este decreto ley, quedan exceptuadas del Impuesto Provincial y Municipal de Sellos”.
Art. 2º.- Comuníquese, etcétera.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia, a los veintidós días del mes de octubre del año mil novecientos sesenta y cuatro.
Dr. RAUL FIORE MOULES – Carlos G. Serralta – Armando Falcón – Rafael A. Palacios
Ministerio de Asuntos Sociales y Salud Pública
Salta, 28 de octubre de 1964.
Téngase por ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, insértese en el Registro de Leyes y archívese.
Dr. RICARDO J. DURAND – Dr. Danton Julio Cermesoni