RESOLUCIÓN N° 52/23
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA A PARAJE LA PUNTANA - SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21398, el día 25 de Enero de 2023.





SALTA, 17 de enero de 2023

RESOLUCIÓN Nº 52

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 218.136/22 - 0 y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra: “SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA A PARAJE LA PUNTANA - SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a 03/26 el Sr. Intendente de Santa Victoria Este eleva el anteproyecto y solicita el financiamiento para la ejecución de la obra mencionada, la cual posibilitará proveer de suministro eléctrico a los lotes que actualmente se encuentran sin el servicio en Misión La Puntana;

Que la presente contratación tiene por objeto la construcción de una nueva red de alumbrado público, una red de media tensión, una red de baja tensión y también se prevé la construcción de una SETA de 63 Kva/33Kva con la instalación de pilares domiciliarios e incluye la construcción de bases para columnas de hormigón, la provisión y montaje de columnas, la provisión y colocación de artefactos eléctricos LED, el montaje de línea de alimentación en baja desde transformador y pilares, la colocación de pilar de medición y tablero principal de comando y protección y el tendido y cableado de la red de media y baja tensión, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 06 y de las especificaciones técnicas de fs. 07/15 y 26;

Que, en virtud de ello, a fs. 29/34 la Dirección de Obras Municipales de la Secretaría de Obras Públicas confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 26.262.799,78 (pesos veintiséis millones doscientos sesenta y dos mil setecientos noventa y nueve con 78/100) IVA incluido, conforme al detalle de planilla de computo y presupuesto de fs. 18;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos;

Que a tal fin se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Santa Victoria Este;

Que a fs. 35 rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 390/22, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 39 el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 44/47, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 102D/22 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 49/50 rola Dictamen Nº 53/23 emitido por la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 51 la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 05/23;

Que a fs. 53 rola la intervención de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2.020 y las Resoluciones Nº 36/2.020 y 02/21 de la Secretaría de Procedimientos de Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección Obras Municipales, para la obra “SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA A PARAJE LA PUNTANA - SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 26.262.799,78 (pesos veintiséis millones doscientos sesenta y dos mil setecientos noventa y nueve con 78/100) IVA incluido, con la Modalidad Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de Santa Victoria Este.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de Santa Victoria Este, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución;

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007019205 - Proyecto: 931 - Unidad Geográfica. 99 - Financiamiento: Ley 27.429 (295)- Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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