RESOLUCIÓN N° 621D/21
ACEPTA RENUNCIA. DRA. VICENTA ALEJO CARDENAS. BENEFICIO JUBILATORIO.

Publicado en el Boletín N° 21118, el día 24 de Noviembre de 2021.





SALTA, 16 de Noviembre de 2021

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 621 D

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expte. nº 186525/21 - código 321

VISTO
la renuncia presentada por la doctora VICENTA ALEJO CARDENAS, D.N.I. Nº 13.917.236, agente de Planta Permanente, dependiente de la Dirección Primer Nivel de Atención Área Operativa LVI Zona Norte del Ministerio de Salud Pública, a partir del 23 de agosto de 2021, por acogerse al beneficio jubilatorio; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en la obtención del Beneficio Jubilatorio Nº 14-0-0555465-0-3, de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que la citada agente no posee Bienes Patrimoniales del Estado a su cargo, ni registra Sumario Administrativo alguno, (fs. 07 y 10);

Que la agente incumplió con la presentación del Examen Psico-Físico, por su expresa negativa, (fs. 01);

Que habiendo tomado intervención el Departamento Jurídico de la Subsecretaría de Personal de la Provincia, se expide por la viabilidad de lo solicitado;

Que por Decreto Nº 1595/12, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Nº 8171 (modificado por su similar Nº 8274) y 5348 de Procedimientos Administrativos, el titular del Poder Ejecutivo delega al Secretario General de la Gobernación y Ministros de las respectivas carteras, la competencia referente a la aceptación de renuncias de los agentes de la Administración Pública Provincial;

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar con vigencia al 23 de agosto de 2021, la renuncia de la doctora VICENTA ALEJO CARDENAS, D.N.I. Nº 13.917.236, al Cargo: Abogada, Agrupamiento: Administrativo, Subgrupo: 1, Nº de Orden 915, del Decreto Nº 2734/12, con desempeño como Jefa de Sector Secretaría Auxiliar 2, Función Nº 5, dependiente de la Dirección Primer Nivel de Atención Área Operativa LVI Zona Norte del Ministerio de Salud Pública.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que la doctora ALEJO CARDENAS no adjuntó el Certificado de Aptitud Psico-Físico de Egreso.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Esteban