RESOLUCIÓN N° 661/21
DECLARA FRACASADO POR DESIERTO EL PROCESO SELECTIVO DE ADJUDICACIÓN SIMPLE Nº 98/21. OBRA: PAVIMENTO DE HORMIGÓN CALLES VARIAS - AGUAS BLANCAS - DPTO. ORÁN - SALTA - ARGENTINA HACE.

Publicado en el Boletín N° 21118, el día 24 de Noviembre de 2021.





SALTA, 15 de Noviembre de 2.021

RESOLUCIÓN Nº 661

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 187.860/21 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 91/21, para la contratación de la obra “PAVIMENTO DE HORMIGÓN CALLES VARIAS - AGUAS BLANCAS - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA - ARGENTINA HACE”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 84/85, mediante Resolución S.O.P. Nº 504/21, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 16.303.065,76 (pesos dieciséis millones trescientos tres mil sesenta y cinco con 76/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.021, un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos, con la modalidad de ajuste Alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que según constancias de fs. 87 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 88 en el Boletín Oficial, a fs. 89 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley Nº 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que a fs. 92/127, mediante Resolución Nº 98/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que conforme a Acta de Apertura de Sobres, de fecha 27 de Octubre de 2.021 (fs. 150), no se presentó ninguna oferta a la convocatoria, razón por la cual corresponde declarar desierta la contratación en curso, criterio igualmente recomendado por la Comisión de Preadjudicación designada al efecto (fs. 151/152);

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 156/157 vta., mediante Dictamen Nº 310/21, rola la intervención de Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite que declare desierta la Adjudicación simple en curso;

Que a fs. 158, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 136/21;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo correspondiente;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 98/21, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. Nº 504/21, para la ejecución de la obra “PAVIMENTO DE HORMIGÓN CALLES VARIAS - AGUAS BLANCAS - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA - ARGENTINA HACE”, con un presupuesto oficial de $ 16.303.065,76 (pesos dieciséis millones trescientos tres mil sesenta y cinco con 76/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.021, un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2º.- Declarar fracasado por desierto el proceso selectivo de Adjudicación Simple Nº 98/21 mencionado en el Artículo 1º, conforme a los fundamentos vertidos en los considerandos de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3º.- Autorizar a la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la Secretaría de Obras Públicas, a realizar los trámites conducentes para efectuar de manera directa la contratación en curso, en el marco de lo dispuesto por el artículo 14, último párrafo de la Ley 8.072.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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