RESOLUCIÓN N° 670/21
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: 2ª ETAPA CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO ARTICULADO Y BADENES EN AVENIDA SAN MARTÍN - LA POMA - DPTO. LA POMA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21119, el día 25 de Noviembre de 2021.





SALTA, 16 de Noviembre de 2021

RESOLUCIÓN Nº 670

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 386 - 184.365/21 - 0 y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “2a ETAPA CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO ARTICULADO Y BADENES EN AVENIDA SAN MARTÍN - LA POMA - DPTO. LA POMA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01 el Sr. Intendente de la Municipalidad de La Poma, eleva proyecto técnico y solicita la financiación para la ejecución de la obra mencionada, la cual permitirá en esta segunda etapa, mejorar la transitabilidad en el principal acceso, potenciando el impacto turístico de la citada localidad;

Que la presente contratación tiene por objeto la construcción de pavimento articulado y badenes en ambas manos de la totalidad de la Avda. San Martín de la localidad de La Poma, alcanzando una superficie de 2.500 m2 conforme a las especificaciones técnicas de la Memoria Descriptiva de fs. 04/08;

Que, en virtud de ello, a fs. 16/20 la Dirección de Obras Municipales de la Secretaría de Obras Públicas confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 13.800.468,70 (pesos trece millones ochocientos mil cuatrocientos sesenta y ocho con 70/100) IVA incluido, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 08;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos;

Que a tal fin se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de La Poma;

Que a fs. 22 rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 342/21, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 26 el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 31/34 rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada mediante Resolución Nº 27/21 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 35/36 vta., rola el Dictamen Nº 333/21, emitido por la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 37 la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante informe Nº 118/21;

Que a fs. 39, toma intervención la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2.020 y de las Resoluciones Nºs 36/2.020 y 02/21 de la Secretaría de Procedimientos de Contrataciones

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18 y Resoluciones Nºs 36/2.020 y 02/21 de la Secretaría de Contrataciones dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “2a ETAPA CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO ARTICULADO Y BADENES EN AVENIDA SAN MARTÍN - LA POMA - DPTO. LA POMA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 13.800.468,70 (pesos trece millones ochocientos mil cuatrocientos sesenta y ocho con 70/100) IVA incluido, con la modalidad de Ajuste Alzado, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de La Poma.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de La Poma, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución;

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 6.000.000,00 al Curso de Acción: 092007019205 - Proyecto: 650 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2.021.

ARTÍCULO 5º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.022 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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