RESOLUCIÓN N° 851/22
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: AMPLIACIÓN DE ILUMINACIÓN SOBRE CRUCE DE RUTAS PROVINCIALES Nº 13 Y Nº 5 - PICHANAL - DPTO. ORÁN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21359, el día 24 de Noviembre de 2022.





SALTA, 11 de noviembre de 2022

RESOLUCIÓN Nº 851

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 165.493/22 - 0.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “AMPLIACIÓN DE ILUMINACIÓN SOBRE CRUCE DE RUTAS PROVINCIALES Nº 13 Y Nº 5 - PICHANAL - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/13, el Sr. Intendente de la Municipalidad de Pichanal presenta el anteproyecto y solicita la financiación para la ejecución de la obra mencionada, la cual posibilitará poner en funcionamiento la iluminación en la rotonda del Paraje La Estrella en horarios nocturnos, mejorando la seguridad y el tránsito en la zona intervenida;

Que la presente contratación tiene por objeto la construcción de una línea subterránea de 1.060 m. de alumbrado público aéreo sobre 28 columnas de hierro de 12 metros con artefactos LED IP65 de 200 W y 1.000 m adicionales de alumbrado público, la instalación de 2 tableros para poder seccionar la carga y la construcción de dos subestaciones transformadoras de 16 Kva., conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 03 y de las Especificaciones Técnicas de fs. 04/05;

Que en virtud de ello, a fs. 15/26, la Dirección de Obras Municipales de la S.O.P. confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 26.758.518,44 (pesos veintiséis millones setecientos cincuenta y ocho mil quinientos dieciocho con 44/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2022, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 15;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Pichanal;

Que a fs. 28, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 343/22, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 32, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 38/39, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 102D/22 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 40/41, rola el Dictamen Nº 405/22 emitido por la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

 Que a fs. 42, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 159/22;

Que a fs. 44, rola la intervención de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2.020 y las Resoluciones Nº 36/2.020 y 02/21 de la Secretaría de Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “AMPLIACIÓN DE ILUMINACIÓN SOBRE CRUCE DE RUTAS PROVINCIALES Nº 13 Y Nº 5 - PICHANAL - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 26.758.518,44 (pesos veintiséis millones setecientos cincuenta y ocho mil quinientos dieciocho con 44/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2022, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de Pichanal.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de Pichanal, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 13.379.259,22 al Curso de Acción: 092007019205 - Proyecto: 931 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.023 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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