RESOLUCIÓN N° 86D/20
OTORGA EN CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA EN EL ÁMBITO DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN A DISTINTOS ORGANISMOS.

Publicado en el Boletín N° 20695, el día 03 de Marzo de 2020.





SALTA, 28 de Febrero de 2020

RESOLUCIÓN Nº 86 D

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

VISTO
la Ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/2.018; y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 5º de la citada norma establece que el Sistema de Contratación se compondrá de la Unidad Central de Contrataciones y de las Unidades Operativas que funcionarán en las dependencias de la Administración Centralizada y Descentralizada en las Empresas y Sociedades del Estado, y serán responsables de la gestión de contratación;

Que, en tal contexto, con el objeto de lograr una adecuada gestión y garantizar una mayor inmediatez y eficiencia en las contrataciones que se realicen en el ámbito de la Secretaría General, resulta conveniente otorgar el carácter de “Unidad Operativa” a distintos organismos bajo su dependencia; en los términos de lo previsto por el artículo 5º de la Ley y su Decreto Reglamentario;

Que, en virtud del artículo 7º del mencionado reglamento, los titulares de dichas unidades poseen la facultad de celebrar contrataciones abreviadas;

Que, por su parte, el artículo 14º de la Ley Nº 8.072 prevé entre los procedimientos de contratación la “adjudicación simple”, procurando un trámite sencillo, transparente, ágil y público, para la contratación de bienes y servicios que no superen el límite fijado por la reglamentación para la licitación pública;

Que los Secretarios y Subsecretarios de Estado se encuentran facultados a celebrar tales adjudicaciones simples, emitiendo el instrumento legal pertinente que apruebe la contratación, de conformidad por el artículo 7º del Decreto Reglamentario Nº 1.319/2018;

Que, dada la diversidad de actividades en el marco de las funciones administrativas que se desarrollan en la Secretaría General de la Gobernación, es necesario evitar las demoras en los procedimientos de contrataciones con una adecuada distribución de tareas, delegando en los titulares de las unidades operativas de la misma la tramitación de las contrataciones bajo el procedimiento de “adjudicación simple”;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 8.072;

EL SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Establecer que tienen carácter de Unidad Operativa en el ámbito de la Secretaría General de la Gobernación: el Servicio Administrativo Financiero de la Gobernación, Fiscalía de Estado, Delegación Casa de Salta en Capital Federal, Secretaría Legal y Técnica, Secretaría de Modernización del Estado, Secretaría de Tierras y Bienes, Escribanía de Gobierno, Subsecretaría de Planificación Estratégica, Subsecretaría de Tecnología de la Información y la Comunicación, Dirección General de Estadísticas y Censo, Dirección General Boletín Oficial, a los fines de lo dispuesto por el artículo 5º, inciso b) de la Ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/2018.

ARTÍCULO 2º.- Delegar la aprobación de las contrataciones tramitadas bajo el procedimiento de “adjudicación simple”, previsto en el artículo 14º de la Ley Nº 8.072, en los titulares de las Unidades Operativas dependientes de la Secretaría General de la Gobernación, quienes deberán suscribir los instrumentos legales correspondientes.

ARTÍCULO 3º.- Dejar sin efecto toda otra normativa que se oponga a lo dispuesto en la presente.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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