RESOLUCIÓN N° 147D/23
ACEPTA RENUNCIA. SRA. LUCRECIA DEL MILAGRO MOYA. BENEFICIO JUBILATORIO.

Publicado en el Boletín N° 21437, el día 23 de Marzo de 2023.





SALTA, 17 de Marzo de 2023

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 147 D

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Expte. nº 279553/22 - código 369

VISTO la renuncia presentada por la señora LUCRECIA DEL MILAGRO MOYA, D.N.I Nº 13.318.384, agente de Planta Permanente, dependiente de la Dirección Primer Nivel de Atención Área Operativa LV Zona Sur Hospital “Papa Francisco” del Ministerio de Salud Pública, a partir del 19 de diciembre de 2.022, por acogerse al beneficio jubilatorio; y.

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en la obtención del Beneficio Jubilatorio Nº 14-0-1226373-0-0, de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que la citada agente no posee Bienes Patrimoniales del Estado a su cargo, ni registra Sumario Administrativo alguno, (fs. 04 y 09);

Que la agente incumplió con la presentación del Examen Psico-Físico de egreso, por su expresa negativa, (fs.01);

Que habiendo tomado intervención el Departamento Jurídico de la Subsecretaria de Personal de la Provincia, se expide por la viabilidad de lo solicitado;

Que por Decreto Nº 1.595/12, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Nº 8.171 (modificada por su similar Nº 8.274) y 5.348 de Procedimientos Administrativos, el titular del Poder Ejecutivo delega a la Secretaría General de la Gobernación y Ministros de las respectivas carteras, la competencia referente a la aceptación de renuncias de los agentes de la Administración Pública Provincial;

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar con vigencia al 19 de diciembre de 2.022, la renuncia de la señora LUCRECIA DEL MILAGRO MOYA, D.N.I Nº 13.318.384, al Cargo: Agente Sanitario, Agrupamiento: Enfermería, Subgrupo: 4, Nº de Orden 1714 del Decreto Nº 2734/12, dependiente de la Dirección Primer Nivel de Atención Área Operativa LV Zona Sur Hospital “Papa Francisco” del Ministerio de Salud Pública.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que la señora MOYA, no adjuntó el Certificado de Aptitud Psico-Físico de Egreso.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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