RESOLUCIÓN N° 2/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. OBRA: RENOVACIÓN INTEGRAL DE LA TERMINAL DE ÓMNIBUS DE GRAL. GÜEMES - DPTO. GRAL. GÜEMES - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21398, el día 25 de Enero de 2023.





SALTA, 17 de enero de 2023

RESOLUCIÓN Nº 02

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 125 - 187.676/21 - Cpde. 19 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “RENOVACIÓN INTEGRAL DE LA TERMINAL DE ÓMNIBUS DE GRAL. GÜEMES - DPTO. GRAL. GÜEMES - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución del Ministerio de Infraestructura Nº 30/22 (fs. 131/136) a la firma ING. DANIEL MADEO CONSTRUCCIONES, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 347.326.335,24 (pesos trescientos cuarenta y siete millones trescientos veintiséis mil trescientos treinta y cinco con 24/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021 (fs. 40/42);

Que a fs. 102, el Inspector de Obra de la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/2.003 y su modificatorio Nº 372/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 39 rola Nota de Pedido Nº 02 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 114, mediante Actuación Nº 112/22 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 115/116 el Dictamen Nº 244/22 y a fs. 117 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 16,09 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Abril de 2.022;

Que a fs. 118, la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procedió a redeterminar el monto contractual en la suma total de $ 403.226.119,41 (pesos cuatrocientos tres millones doscientos veintiséis mil ciento diecinueve con 41/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021 por la suma de $347.326.335,24 (pesos trescientos cuarenta y siete millones trescientos veintiséis mil trescientos treinta y cinco con 24/100) y de la actualización N° 1 a valores correspondientes al mes de Abril de 2.022 por la suma de $ 55.899.784,17 (pesos cincuenta y cinco millones ochocientos noventa y nueve mil setecientos ochenta y cuatro con 17/100);

Que a fs. 119, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 122/127, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 128/129, mediante Dictamen Nº 14/23, la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica de la S.O.P. toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 130, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 02/22;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “RENOVACIÓN INTEGRAL DE LA TERMINAL DE ÓMNIBUS DE GRAL. GÜEMES - DPTO. GRAL. GÜEMES - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución DEL Ministerio de Infraestructura Nº 30/22, a la contratista ING. DANIEL MADEO CONSTRUCCIONES.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicado mediante Resolución del Ministerio de Infraestructura Nº 30/22, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 403.226.119,41 (pesos cuatrocientos tres millones doscientos veintiséis mil ciento diecinueve con 41/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021 por la suma de $ 347.326.335,24 (pesos trescientos cuarenta y siete millones trescientos veintiséis mil trescientos treinta y cinco con 24/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Abril de 2.022 por la suma de $55.899.784,17 (pesos cincuenta y cinco millones ochocientos noventa y nueve mil setecientos ochenta y cuatro con 17/100).

ARTÍCULO 3º.- Facultar al Secretario de Obras Públicas a suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista ING. DANIEL MADEO CONSTRUCCIONES, por el monto dispuesto en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 4.000.000,00 al Curso de Acción: 092007162001 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 586 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.023 para la terminación de dicha obra, conforme lo habilita el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Camacho