DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 716/22
APRUEBA LAS ADENDAS Nº 1. CONTRATOS APROBADOS POR DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 495/2021. LIC. FLORENCIA GIMENA CALIVA Y OTROS.

Publicado en el Boletín N° 21323, el día 30 de Septiembre de 2022



SALTA, 26 de Septiembre de 2022

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 716

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

SECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y PLANIFICACIÓN FINANCIERA

Expte. Nº 272-247578/2021 -0.-

VISTO las Adendas Nº 1 a los contratos aprobados por Decisión Administrativa Nº 495/2021 suscriptas entre la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera del Ministerio de Economía y Servicios Públicos y los consultores individuales integrantes del Programa Mejoramiento de Barrios IV (PROMEBA IV), Préstamo BID N° 3458/OC-AR; y,

CONSIDERANDO:

Que el PROMEBA IV se implementa a partir del Contrato de Préstamo BID Nº 3458/OC-AR suscripto entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), al cual la Provincia adhirió mediante Convenio Marco de Adhesión aprobado por el Decreto Provincial Nº 02/2016 de fecha 07/01/2016;

Que el Programa tiene como finalidad mejorar la calidad de vida y contribuir a la inclusión urbana y social de los hogares de los segmentos más pobres de la población residentes en villas y asentamientos irregulares;

Que el Decreto Provincial Nº 02/2016 constituyó la Unidad Ejecutora Provincial (UEP) del Programa en la entonces Secretaría de Financiamiento, hoy Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera, facultándola a identificar, ejecutar y supervisar los proyectos que a través de éste se financien;

Que la UEP está conformada por profesionales del área social, urbana, control de obras y legal, cuyos contratos son financiando el PROMEBA IV;

Que por Decisión Administrativa Nº 495/2021 se aprobaron las contrataciones celebradas para el periodo Julio/2021 a Diciembre/2021, fijándose los montos mensuales a percibir para cada consultor;

Que por Nota PROMEBA Nº NO-2020-77466494-APN de fecha 11/11/2020 el Director Nacional de la Subsecretaría de Políticas de Vivienda e Infraestructuras del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación informa que se han incrementado los nuevos montos máximos y financiables desde el Programa correspondiente a honorarios de los consultores;

Que a fs. 126/136 se encuentran agregadas las imputaciones definitivas del gasto y a fs. 167 la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos otorga la autorización para el gasto, en cumplimiento con lo dispuesto por la Resolución Nº 16/2021 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Que ha tomado intervención la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el control de su competencia;

Que, en consecuencia, en fecha 20/12/2021 la señora Secretaria de Financiamiento y Planificación Financiera del Ministerio de Economía y Servicios Públicos suscribió las Adendas N° 1 con los consultores individuales integrantes de la UEP y Equipos de Campo del Programa que tienen por objeto modificar el monto de los honorarios correspondientes a los meses de Noviembre/2021 y Diciembre/2021, conforme la nueva tabla de honorarios informada por la Subsecretaría de Políticas de Vivienda e Infraestructuras del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación;

Que el gasto que representan las adendas aprobadas en el presente instrumento, será afrontado en un cien por ciento (100%) con fondos no reintegrables del Programa, por lo que no representa erogación alguna para el erario provincial;

Que las actuaciones cuentan con los respectivos análisis de legalidad de los organismos que han intervenido, resultando procedente el dictado del instrumento administrativo respectivo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto en el art. 13 de la Ley Nº 8.171 modificada por su similar Nº 8274, lo establecido por el Decreto Nº 13/2019 y por el art. 1 inc. b de la Resolución Nº 08/2020;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar las Adendas Nº 1 a los contratos aprobados por Decisión Administrativa Nº 495/2021, suscriptas en fecha 20/12/2021 entre la Sra. Secretaria de Financiamiento y Planificación Financiera del Ministerio de Economía y Servicios Públicos y la Lic. Florencia Gimena Caliva- DNI Nº 39.674.359; el Ing. Edmundo Bautista Flores - DNI Nº 14.453.356, la Lic. Carolina Dora Arias - DNI Nº 37.420.364; la Ing. María Fernanda de los Ángeles Yapura - DNI Nº 37.227.710; la Arq. Paola Vanesa Merlo - DNI Nº 23.277.193, la Ing. María Fernanda Macoritto Torcivia - DNI Nº 26.899.923; la Lic. Fátima del Rosario Juárez Valdéz - DNI Nº 36.282.104; la Lic. Ángela Leonor Ramírez - DNI Nº 22.759.404, el Sr. Darío Rolando Moreno - DNI Nº 22.056.521; la Arq. Cecilia Inés Marinaro Montalbetti - DNI Nº 26.701.707 y el Lic. Gregorio Alberto Herranz, DNI Nº 29.390.394, que en Anexo forman parte de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente deberá imputarse en la partida presupuestaria Programa Mejoramiento de Barrios, curso de acción 551011000100, cuenta 413400. Ejercicio 2021.

ARTÍCULO 3º.- La presente decisión será refrendada por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos y la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Dib Ashur



VER ANEXO




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