DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 9/22
APRUEBA CONTRATO DE SERVICIOS. LIC. FLORENCIA GIMENA CALIVA.

Publicado en el Boletín N° 21149, el día 12 de Enero de 2022



SALTA, 6 de Enero de 2022

DECISION ADMINISTRATIVA Nº 9

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Expediente Nº 220.720/2021 - código 376.

VISTO el Contrato de Servicios suscripto entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y la Lic. Florencia Gimena Caliva; y,

CONSIDERANDO:

Que dicho contrato se celebra para que la nombrada desempeñe las tareas descriptas en el Anexo que forma parte del mismo, en distintos Dispositivos y Centros de Protección, dependientes de la referida Secretaría, en reemplazo de la Lic. María del Rosario Gómez Solá, quien presentó la rescisión a su contrato aprobado por Decisión Administrativa Nº 110/2021, a partir del 01 de octubre del presente año;

Que los organismos competentes han tomado la debida intervención para la emisión del presente acto administrativo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por la Ley Nº 8171, modificada por su similar Nº 8274 y lo establecido por el Decreto Nº 13/2019, la Ley Nº 8072 y su Decreto Reglamentario Nº 1319/2018;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACION

DECIDE:

ARTICULO 1º.- Rescindir el Contrato de Servicios suscripto entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y la Lic. María del Rosario Gómez Solá, D.N.I. Nº 39.535.942, aprobado por Decisión Administrativa Nº 110/2021, a partir del 01 de octubre de 2021.

ARTICULO 2º.- Aprobar el Contrato de Servicios celebrado entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y la Lic. Florencia Gimena Caliva, D.N.I. Nº 39.674.359, cuyo texto forma parte de la presente.

ARTICULO 3º.- La erogación resultante de dispuesto precedentemente será atendida con fondos de la Cuenta 561024000100-413411.1007, del Ejercicio vigente.

ARTICULO 4º.- El presente acto administrativo será refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTICULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Vargas - López Morillo



VER ANEXO




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