DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 1041/19
PRÓRROGA COMISIÓN DE SERVICIOS. MÉDICO VETERINARIO MARTÍN LEANDRO BELTRÁN.

Publicado en el Boletín N° 20634, el día 27 de Noviembre de 2019



SALTA, 22 de Noviembre de 2019

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1041

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, TRABAJO Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Expediente N° 041-204256/19-0.

VISTO la Decisión Administrativa N° 963/18; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el citado acto administrativo se autorizó la comisión de servicios a la Secretaría de Asuntos Municipales del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia, del Médico Veterinario Martin Leandro Beltrán D.N.I. Nº 23.414.120, agente dependiente a la Dirección General de Ganadería y Producción Animal de la Secretaría de Asuntos Agrarios del Ministerio de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable;

Que el Ministro de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia solicitó la prórroga de comisión de servicios del Médico Veterinario Martin Leandro Beltrán, D.N.I. Nº 23.414.120 debido a que subsisten las necesidades de servicios en la Secretaría de Asuntos Municipales dependiente de dicho ministerio;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 20, inciso 3° de la Ley N° 8053, el artículo 1° del Decreto N°140/15 y lo establecido en el Decreto Nº 233/19;

EL MINISTRO JEFE DE GABINETE

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Prorrogar la comisión de servicios a la Secretaría de Asuntos Municipales del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia, del Médico Veterinario Martín Leandro Beltrán, D.N.I. Nº 23.414.120, agente dependiente a la Dirección General de Ganadería y Producción Animal de la Secretaría de Asuntos Agrarios del Ministerio de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable, a partir del 1° de marzo del año 2019, mientras subsistan las necesidades de servicio o hasta el 10 de diciembre de 2019, lo que ocurra primero.

ARTÍCULO 2º.- La presente decisión será refrendada por la Ministra de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable y por el Ministro de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Saravia - Pinal - López Arias






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