DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 1042/19
DEJA SIN EFECTO LA DESIGNACIÓN DEL DR. CESAR ALEJANDRO RUFINO SARAVIA COMO GERENTE GENERAL DEL HOSPITAL DE ANGASTACO. DESIGNA A LA DRA. LILIANA RODRÍGUEZ EN EL MISMO CARGO.

Publicado en el Boletín N° 20634, el día 27 de Noviembre de 2019



SALTA, 22 de Noviembre de 2019

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1042

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expediente N° 117698/18 y 117687/18 -código 321

VISTO las presentes actuaciones por las cuales tramita la designación de la doctora Liliana Rodriguez en el cargo de Gerente General del Hospital de Angastaco; y,

CONSIDERANDO:

Que el Dr. Cesar Alejandro Rufino Saravia, se encontraba en ejercicio de la función de Gerente General del Hospital de Angastaco, en virtud de lo dispuesto por Decisión Administrativa Nº 336/2017;

Que el Programa Personal del Ministerio del rubro, tomó la intervención previa que le compete;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 20, inciso 3º de la Ley Nº 8.053 y lo establecido por el artículo 1º del Decreto Nº 140/2015;

EL MINISTRO JEFE DE GABINETE

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Con vigencia al 21 de mayo de 2018, dejar sin efecto la designación como Gerente General del Hospital de Angastaco, dispuesta por Decisión Administrativa Nº 336/17, del Dr.Cesar Alejandro Rufino Saravia, D.N.I. Nº 20.455.113, quien deberá reintegrarse al cargo del cual es titular.

ARTÍCULO 2º.- Con igual vigencia, designar a la Dra. Liliana Rodriguez, D.N.I. Nº 14.302.957, como Gerente General del Hospital de Angastaco.

ARTÍCULO 3º.- Con igual vigencia y hasta la aprobación del nuevo régimen remunerativo para el personal incluido en el artículo 3º inciso e) de la Ley 7678 y por aplicación del artículo 31, la Dra.Liliana Rodriguez, D.N.I. Nº 14.302.957, percibirá los haberes que le corresponden a un personal, agrupamiento: profesional, subgrupo 1, zona: D, con régimen horario de dedicación exclusiva, adicional por disponibilidad permanente categoría A, zona D y Radicación de Profesionales en Localidades de Difícil Acceso tipo B y el adicional por función jerárquica equivalente a Jefe de Departamento.

ARTÍCULO 4º.- La erogación resultante deberá imputarse al Curso de Acción: 081007001900, Inciso: Gastos en Personal, Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 5º.- La presente decisión será refrendada por el señor Ministro de Salud Pública.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Saravia - Mascarello



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