DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 1061/19
APRUEBA CONTRATO DE SERVICIOS. SRA. ANA LUCIANA JARAMILLO.

Publicado en el Boletín N° 20638, el día 03 de Diciembre de 2019



SALTA, 28 de Noviembre de 2019

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1061

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

VISTO las necesidades de servicio presentadas en la Secretaría General de la Gobernación; y,

CONSIDERANDO:

Que, en ese sentido, se gestiona la aprobación del contrato oportunamente suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Salta y la señora Ana Luciana Jaramillo;

Que la referida contratación se enmarca en las disposiciones contenidas en el artículo 18 de la Ley Nº 8.072 y en el artículo 28 de su Decreto reglamentario Nº 1319/2018;

Que contándose con la partida pertinente con motivo de la baja producida por el cese de los servicios prestados por la Dra. Milagro Soledad Pérez, D.N.I. N° 36.802.900, la presente no implica un incremento presupuestario vigente, conforme a lo establecido por el artículo 1°, inciso b), del Decreto N° 233/2019;

Que la Secretaría de la Función Pública y la Secretaría Legal y Técnica, dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, han tomado la intervención de su competencia;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por los artículos 20, inciso 2º, de la Ley Nº 8.053, y 1º del Decreto Nº 14/2016,

EL MINISTRO JEFE DE GABINETE

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Dejar sin efecto, a partir del 1° de julio de 2019, el contrato de servicios suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Salta y la señora Milagros Soledad Pérez, D.N.I. N° 36.802.900, prorrogado por la Decisión Administrativa N° 686/2019.

ARTÍCULO 2º.- Aprobar el contrato de servicios firmado entre el Gobierno de la Provincia de Salta y la señora Ana Luciana Jaramillo, D.N.I. N° 33.593.253, a partir del 1° de julio y hasta el 10 de diciembre de 2019, que como Anexo forma parte de la presente.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará al Curso de Acción correspondiente de la Jurisdicción 01 - Gobernación, Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 4º.- La presente decisión será refrendada por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Saravia - Simón Padrós



VER ANEXO



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