DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 1398/16
APRUEBA CONTRATO DE CONSULTORÍA. EMPRESA IRAM ARGENTINA.

Publicado en el Boletín N° 19780, el día 12 de Mayo de 2016



VISTO el Contrato de Servicios de Consultaría suscripto el 09-12-15 entre la Subsecretaría de Financiamiento, actual Secretaría de Financiamiento del Ministerio de Hacienda y Finanzas y la Empresa IRAM ARGENTINA, para la realización de la consultaría "Capacitación de Auditores y Certificación Ambiental en sistemas de Gestión Ambiental para empresas turísticas" correspondiente al Programa de Desarrollo Turístico Sustentable de la Provincia de Salta;

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley 7758, promulgada por Decreto 3809/12, se autorizó al Poder Ejecutivo a suscribir el Convenio de préstamo destinado a financiar la ejecución del Programa de Desarrollo Turístico Sustentable de la Provincia de Salta, el que tiene por fin impulsar el crecimiento del sector turístico como motor del desarrollo económico, a través de la mejora de los productos turísticos, la inclusión social, el emprendimiento local, el fortalecimiento de la gestión turística y la sustentabilidad ambiental;

Que el Artículo 8° de la citada ley dispone que las contrataciones y adquisiciones a realizarse quedan sujetas exclusivamente a las normas, condiciones y procedimientos previstos en el Convenio de Préstamo que se suscriba, en el Manual Operativo del Programa y en toda otra documentación que se acuerde con el BID;

Que el Convenio de Préstamo suscripto por el Sr. Gobernador de la Provincia, en uso de las facultadas asignadas por la referida Ley de Endeudamiento, Cláusula 4.04. establece que las contrataciones se llevaran a cabo de conformidad con las disposiciones contenidas en el documento GN 2350 - 9 (Políticas para la contratación de consultores financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo de marzo de 2011), entre las que se encuentra la contratación de firmas consultoras mediante la Selección basada en Calidad;

Que el referido Convenio de Préstamo contempla además, que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del Préstamo será llevado a cabo por el Prestatario, por intermedio de la Subsecretaría de Financiamiento del Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos de Salta, denominada "Organismo Ejecutor" (Cláusula 3.);

Que en fecha 15/07/15, en una de sus reuniones, el Consejo Consultivo del Programa analizó el Proyecto de "Capacitación de Auditores y Certificación en Sistemas de Gestión Ambiental para empresas turísticas". En la misma se planteo la conveniencia de realizar una contratación directa y se expusieron los motivos de tal conveniencia con la previa No Objeción del BID;

Que por nota UEP-SLA N° 28/15 de fecha 14/08/15 se solicitó al Banco la No Objeción para realizar una Contratación Directa de una Firma Consultora, en el marco del Componente 4. Sostenibilidad Ambiental. Se fundamentó tal solicitud en diversas cuestiones técnicas expresadas a fs. 09/79 de las presentes actuaciones;

Que el objetivo de este proyecto es mejorar el desempeño ambiental del empresariado turístico de la Provincia de Salta mediante el fortalecimiento del Programa Ecosello de la Secretaría de Ambiente y la Certificación Ambiental de empresas turísticas, lo que representa además un valor agregado para la imagen corporativa de dichas empresas como consecuencia de la mejora de la calidad de los servicios turísticos y de la mayor competitividad del sector;

Que la implementación de esta propuesta se basa en dos antecedentes, el Programa de Calidad Turística de la Dirección General de Calidad de la Secretaría de Turismo, que se implementa desde el año 2008 y del Sistema de Gestión Ambiental de Empresas de la Secretaría de Ambiente, que se implementa a partir del año 2009 a través del Ecosello "Gestión Salteña Ecoeficiente", una certificación evolutiva para la aplicación de Sistemas de Gestión Ambiental en las Empresas de bienes y servicios locales, que fue diseñado por IRAM (se sustenta en la ley provincial 7163, ley provincial 7645 y decreto provincial 517/11, en el marco de la ley provincial de Protección del Ambiente 7070);

Que además es importante destacar que IRAM ARGENTINA es el único representante argentino ante las organizaciones regionales de normalización, como la Asociación Mercosur de Normalización (AMN) y la Comisión Panamericana de Normas Técnicas (COPANT), y ante las organizaciones internacionales como la International Organization for Standardization (ISO) y la International Electrontechnical Comission (IEC) (en este último caso en conjunto con la Asociación Electrotécnica Argentina);

Que en tal sentido la Secretaria de Ambiente, dependiente del Ministerio de Ambiente y Producción Sustentable, propone la contratación directa de IRAM ARGENTINA, la realización de la consultaría "Capacitación de Auditores y Certificación Ambiental en sistemas de Gestión Ambiental para empresas turísticas", con un plazo de ejecución de diez meses;

Que por nota CSC/CAR 3199/2015 de fecha 19/08/15, el BID manifestó su No Objeción a tal contratación directa;

Que en este marco se comenzaron los trámites administrativos de acuerdo a lo establecido en la Solicitud de Propuesta y de esta manera, el día 29/09/15, la Unidad Ejecutora del Programa, dependiente de la ex Subsecretaría de Financiamiento de la Provincia de Salta invitó a IRAM ARGENTINA a que presentara en forma conjunta una Propuesta Técnica y una de Precio;

Que la firma remitió sus Propuestas Técnicas y de Precio, cuya fecha de presentación y apertura de Propuestas Técnicas, fue el día 20/10/15 a horas 11,00, ante las autoridades competentes;

Que luego de realizar los análisis pertinentes de las Propuesta Técnica y de Precio, la Comisión Evaluadora a fs. 242/259, ofrece el análisis de las mismas y recomienda contratar a IRAM ARGENTINA por un monto total de AR$756.200,00 (Pesos Argentinos Setecientos Cincuenta y Seis Mil Doscientos), por cumplir con los requisitos establecidos en el Documento de Solicitud de Propuesta;

Que la presente contratación se financiará en un cien por ciento con fondos provenientes del financiamiento del BID, encontrándose la misma excluida de la aplicación de la Ley N° 6.838 -Sistema de Contrataciones de la Provincia-, conforme a lo dispuesto en el Artículo 97 inc. a) de dicha ley;

Que las presentes actuaciones cuentan con la debida intervención del Secretario de Finanzas del entonces Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos autorizando el gasto que demanda la ejecución del proyecto y atento lo establecido en la Resolución N° 48/15 ex MEIySP;

Que a fs. 262/263 consta dictamen legal previo a la adjudicación del contrato y a fs. 264/266, copia de la Resolución N° 114/15 del ex Subsecretario de Financiamiento por la cual se adjudica el presente Contrato de Servicios de Consultoría;

Que en este sentido, en fecha 09/12/15 se firmó entre la Subsecretaría de Financiamiento, actual Secretaría, e IRAM ARGENTINA, el contrato para de la consultoría "Capacitación de Auditores y Certificación Ambiental en sistemas de Gestión Ambiental para empresas turísticas";

Que a fs. 269 obra imputación preventiva definitiva, a fs. 268 la debida intervención de la Unidad de Sindicatura Interna según lo establecido en la normativa provincial vigente y a fs. 270/271, dictamen legal al respecto aconsejando se dicte el acto administrativo pertinente de acuerdo a lo dispuesto en la normativa aplicable;

Que las actuaciones cuentan con el respectivo análisis de los servicios jurídicos de los organismos que han tomado intervención;

Que en consecuencia, corresponde que el Sr. Ministro Jefe de Gabinete de la Provincia apruebe el contrato celebrado entre la ex Subsecretaría de Financiamiento, actual Secretaría e IRAM ARGENTINA;

Por ello, en ejercicio de las facultades delegadas mediante el Decreto N° 14/16;

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Contrato de Consultoría suscripto el 09-12-15 entre la Subsecretaría de Financiamiento, actual Secretaría de Financiamiento del Ministerio de Hacienda y Finanzas e IRAM ARGENTINA, para la realización de la consultoría "Capacitación de Auditores y Certificación Ambiental en sistemas de Gestión Ambiental para empresas turísticas", el que en Anexo forma parte integrante de la presente Decisión Administrativa.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria: Curso de Acción 551012000100. Cuenta 413400. Ejercicio 2016.

ARTÍCULO 3°.- La presente decisión será refrendada por el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas.

ARTÍCULO 4°.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Parodi - Gomeza



VER ANEXO



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