DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 19/22
APRUEBA CONTRATOS DE SERVICIOS. SRES. PAREDES, JONATHAN EUDAL Y OTROS.

Publicado en el Boletín N° 21152, el día 17 de Enero de 2022



SALTA, 12 de Enero de 2022

DECISION ADMINISTRATIVA Nº 19

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Exptes. Nºs 174511/21, 73656/20 original, 73656/20 Cpde. 1, 21314/20, 279844/20 original, 279844/20 Cpde. 1, 279844/20 Cpde. 2 Código 76

VISTO
la Ley Nº 7.678 y su modificatoria Nº 8.094 y la Resolución Ministerial Nº 183/2020 del Ministerio de Salud Pública; y,

CONSIDERANDO:

Que en virtud de las mencionadas leyes se posibilitó, a modo de excepción, la contratación de personas físicas bajo la modalidad de contratos de servicios o de obra, para la atención de situaciones de emergencias y en zonas declaradas críticas por la Autoridad de aplicación;

Que en ese marco el Ministerio de Salud Pública emitió la Resolución Nº 183/20, por la cual se declaró crítica la situación existente en los servicios de salud de las zonas sanitarias del Centro, Norte, Sur, Este y Oeste de la Provincia de Salta y sus consiguientes áreas operativas, autorizando a tal efecto a la realización de contrataciones de servicios;

Que de este modo resulta imprescindible garantizar la continuidad ininterrumpida de la cobertura de la prestación de los servicios esenciales de salud en todo el territorio provincial;

Que las contrataciones de referencia, se llevaron a cabo teniendo en cuenta las posibles áreas de mayor criticidad y por la puesta en marcha de la Unidad de Terapia Intensiva, del Hospital Público de Autogestión “Dr. Arturo Oñativia";

Que, los organismos competentes han tomado la debida intervención para la emisión del presente acto administrativo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 13º de la Ley Nº 8.171 modificada por su similar Nº 8.274, el articulo 2º del Decreto Nº 13/19 y Resolución Nº 16/21 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos.

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACION

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar los contratos de servicios suscriptos entre el Hospital Público de Autogestión “Dr. Arturo Oñativia" dependiente del Ministerio de Salud Pública y las personas que se consignan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente, con la vigencia que en cada caso se indica.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto deberá imputarse a la jurisdicción y Curso de Acción del Ministerio de Salud Pública, Ejercicio Vigente.

ARTÍCULO 3º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Esteban (I)



VER ANEXO




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