SALTA, 20 de Enero de 2023
DECISION ADMINISTRATIVA Nº 27
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Expediente Nº 235.742/2022 - código 376.
VISTO el Contrato de Servicios suscripto entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y la Lic. Rocío María del Carmen Benítez; y,
CONSIDERANDO:
Que dicho contrato se celebra para que la nombrada desempeñe las tareas descriptas en el Anexo que forma parte del mismo, en distintos Dispositivos y Centros de Protección, dependientes de la referida Secretaría, en reemplazo de la Sra. María Evangelina Barcena, cuyo acuerdo laboral, prorrogado por Decisión Administrativa Nº 102/2022, por la presente se rescinde, con vigencia al 02 de abril de 2022;
Que los organismos competentes han tomado la debida intervención para la emisión del presente acto administrativo;
Por ello, con arreglo a lo dispuesto por la Ley Nº 8171, modificada por su similar Nº 8274 y lo establecido por el Decreto Nº 13/19, la Ley Nº 8072 y su Decreto Reglamentario Nº 1319/19;
EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACION
DECIDE:
ARTICULO 1º.- Dar por rescindido el Contrato de Servicios suscripto entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y la Sra. María Evangelina Barcena, D.N.I. Nº 36.802.670, prorrogado por Decisión Administrativa Nº 102/2022, con vigencia al 02 de abril de 2022.
ARTICULO 2º.- Aprobar el Contrato de Servicios celebrado entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y la Lic. Rocío María del Carmen Benítez, D.N.I. Nº 29.459.561, cuyo texto forma parte de la presente.
ARTICULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la partida pertinente de la Jurisdicción y CA del Ministerio de Desarrollo Social, Ejercicio vigente.
ARTICULO 4º.- El presente acto administrativo será refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social.
ARTICULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Demitrópulos - Vargas