CONTRATACIONES DIRECTAS



AUTORIDAD METROPOLITANA DE TRANSPORTE

CONTRATACIÓN DIRECTA - EXPTE. Nº 238-58714/2019 - ADJUDICACIÓN



Solicitud de:
Compra de toners y drums.

Expte. Nº 238-58714/2019.

Resolución Nº 628/19.

La Autoridad Metropolitana de Transporte ha dispuesto
:  Artículo 1.º) APROBAR por Contratación Directa con encuadre en el párrafo segundo del art. 14 de la Ley Nº 8072 y Res. U.C.C. Nº 114, art. 3; la compra de los renglones 2; 4; 9; 10; 12; del apartado TONER a ECIN SOLUCIONES S.R.L., C.U.I.T. N° 30-71567946-5, por la suma total de U$S 727,21 (dólares setecientos veintisiete con 21/100), que se abonarán en moneda nacional conforme a cotización oficial (Banco Nación) al día del pago de acuerdo a la oferta de fs. 42. Artículo 2.º) APROBAR por Contratación Directa con encuadre en el párrafo segundo del art. 14 de la Ley Nº 8072 y Res. U.C.C. Nº 114, art. 3; la compra del renglón 15; del apartado TONER a COPIMAC S.R.L., C.U.I.T. Nº 30-63884940-9, por la suma total de $ 7.200,00 (pesos siete mil doscientos con 00/100), de acuerdo a oferta de fs. 44. Artículo 3.º) APROBAR por Contratación Directa con encuadre en el párrafo segundo del art. 14 de la Ley Nº 8072 y Res. U.C.C. Nº 114, art. 3; la compra de los renglones 3; 5; del apartado TONER y el renglón 1 del apartado DRUM a VOZ DATO IMAGEN S.R.L. (MIKRO), C.U.I.T. Nº 30 69072354-5, por la suma total de $ 82.910,00 (pesos ochenta y dos mil novecientos diez con 00/100), de acuerdo a oferta de fs. 45/46. Artículo 4.º) APROBAR por Contratación Directa con encuadre en el párrafo segundo del art. 14 de la Ley Nº 8072 y Res. U.C.C. Nº 114, art. 3; la compra de los renglones 2; 3; 4; 5 del apartado DRUM a ITICOM de Luis Felipe Ricci, C.U.I.T. Nº 20-23033013-2, por la suma total de U$S 961 (dólares novecientos sesenta y uno con 00/100), que se abonarán en moneda nacional conforme a cotización oficial (Banco Nación) al día del pago de acuerdo a oferta de fs. 40/41. Artículo 5.º) ESTABLECER que previo al pago del monto indicado en los artículos 1.º, 2.º, 3.º y 4.º; LOS PROVEEDORES, deberán, indefectiblemente, acompañar el CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN DEFINITIVO emitido por la U.C.C., de conformidad a la legislación vigente. Artículo 6.º) DISPONER que el gasto que demande lo dispuesto precedentemente será soportado con recursos propios del Organismo. Artículo 7.º) REGISTRAR, publicar, notificar y archivar.



Dr. Daniel Cabrera, DIRECTOR




F. N° 0011 - 00001717
Orden de Publicación: 100077679
Importe: $650,00
Fecha/s de publicación: 07/01/2020

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