CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN LORENZO
ORDENANZA Nº 2002/2019
VISTO:
La Ordenanza N° 1817/2017 y Decreto N° 74/2019; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el marco del Decreto N° 74/2019, este Concejo fue convocado a sesionar de manera extraordinaria, el día 20 de diciembre de 2019, a los fines de tratar la Ordenanza N° 1817/2017;
Que, el artículo 2.° de la mencionada Ordenanza, aprueba la celebración del Contrato de Comodato con la Asociación Deportiva, Social y Cultural San Rafael;
Que, su duración fue acordada en el artículo séptimo del contrato, por el término de tres años, a partir de la promulgación de la Ordenanza, el día 15 de mayo de 2017, encontrándose el mismo vigente a la fecha;
Que, asimismo, mediante el artículo decimosexto, la comodataria asume la obligación de presentar al Poder Ejecutivo Municipal y al Concejo Deliberante, el balance correspondiente a cada ejercicio vencido, aprobados por la Asamblea de socios de la Institución, hasta el 30 de junio de cada año;
Que, atento al incumplimiento de dicha obligación y el conocimiento del uso indebido del inmueble, el Concejo acuerda rescindir el contrato de comodato y solicitar la restitución anticipada del predio, conforme al artículo 1539 del Código Civil y Comercial de la Nación;
Que, de conformidad a lo establecido por las Leyes Nos 5348 y 8115, corresponde a este Concejo Deliberante emitir el presente instrumento legal;
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE SAN LORENZO, EN REUNIÓN
HA ACORDADO Y SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA, Y
ORDENA:
Artículo 1.°) RESCÍNDASE el Contrato de Comodato celebrado con la Asociación Deportiva, Social y Cultural San Rafael, aprobado mediante Ordenanza N° 1817/2017, sobre la matrícula Nº 167.833 de la Municipalidad de San Lorenzo, por los motivos expuestos en el considerando del presente.
Artículo 2.°) INTÍMASE a la Asociación Deportiva, Social y Cultural San Rafael a restituir el inmueble en el término de cuarenta y ocho horas, bajo apercibimiento de iniciar la acción de desalojo correspondiente.
Artículo 3.°) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN LORENZO, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.
Juan Pablo Davalos, PRESIDENTE - Miguel A. Mercado, VICEPRESIDENTE - Monica Melisa Gonzalez, Maria Elisea Lozano, Jose Maria Conde Mauger, Maria Victoria Cayo, Jose Osvaldo Reynaga - MIEMBROS - Olga Noemi Ceballos, SECRETARIA LEGISLATIVA
EJECUTIVO MUNICIPAL, 06 de enero de 2020. PROMÚLGUESE, Téngase por Ordenanza, Regístrese bajo el Nº 2002/2019. Publíquese, dese al Boletín Municipal y archívese.
Dr. Jose Manuel Saravia, INTENDENTE MUNICIPALIDAD DE SAN LORENZO