CONSTITUCIONES DE SOCIEDAD



GRUPO MPG SAS



Por instrumento privado, de fecha 16 de julio del 2020 se constituyó la sociedad por acciones simplificada denominada GRUPO MPG SAS, con domicilio en la jurisdicción de la provincia de Salta, y sede social en la calle Pueyrredón Nº 814 de la ciudad de Salta.

Socios: Linda Pamela Liendro, DNI Nº 32.630.597, CUIL Nº 27-32630597-4, de nacionalidad argentina, nacida el 5 de febrero de 1987, profesión: licenciada en administración de empresas, estado civil: casada con Cesar Gustavo Taborda, con domicilio en lote 17, Mza. 17, Bº Praderas de San Lorenzo, provincia de Salta; Gabriel Alejandro Bravo, DNI Nº 29.337.753, CUIL Nº 20-29337753-8, de nacionalidad argentino, nacido el 21 de octubre de 1982, profesión: analista de sistemas y telecomunicaciones, estado civil: casado con Marisel Rodríguez, con domicilio en Avda. Los Incas Nº 3103, provincia de Salta y Martin Miguel Venier, DNI Nº 24.875.040, CUIL Nº 20-24875040-6, de nacionalidad argentino, nacida el 27 de mayo de 1975, profesión: médico, estado civil: casado con Macarena Silvana Liendro, con domicilio en Pje. Mollinedo Nº 326, provincia de Salta.

Plazo de Duración: 99 (noventa y nueve) años.

Objeto: la sociedad tendrá por objeto, realizar por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país, las siguientes actividades, con exclusión de las limitaciones del art. 39 de la Ley Nº 27.349: la creación de una plataforma que ofrezca a los usuarios la posibilidad de contactarse para la obtención/prestación de servicios de atención de salud, siendo un enlace entre el usuario paciente y usuario profesional que incluye: profesionales de la salud, centros médicos y/o clínicas, prestadoras de salud y empresas farmacéuticas. Asimismo, ofrezca herramientas de uso como: agenda para reservas de turnos, mensajería, recetas digitales, audio interactivo, video llamadas, recordatorios, entre otros servicios. La aplicación deberá proporcionar los siguientes servicios: motor de búsqueda para de profesionales de la salud, centros médicos y/o clínicas, obras sociales y empresas farmacéuticas y otras vinculadas con el servicio de salud. Por zona, por especialidad, por enfermedades, por tipo de obra social que atiende, ubicación, entre otros. Permitir a los usuarios pacientes publicar opiniones sobre profesionales de la salud, centros médicos y/o clínicas, obras sociales y empresas farmacéuticas. Permitir a los usuarios hacer preguntas a profesionales de la salud, centros médicos y/o clínicas, obras sociales y empresas farmacéuticas. permitir a los profesionales de la salud, centros médicos y/o clínicas, obras sociales y empresas farmacéuticas, corregir información sobre ellos mismos, consultar las opiniones de los usuarios y responder preguntas. Permitir solicitar turno a los profesionales de la salud y centros médicos y/o clínicas que han puesto a disposición dicha posibilidad.

Capital: el capital social es de $ 39.000,00 (pesos treinta y nueve mil con 00/100) representado por trescientos noventa (390) de acciones ordinarias nominativas no endosables de $ 100 (pesos cien), valor nominal cada una, con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de los socios conforme artículo 44 de la Ley Nº 27.349. Las acciones correspondientes a futuros aumentos de capital podrán ser ordinarias o preferidas, nominativas no endosables o escriturales, según lo determine la reunión de socios. Las acciones preferidas podrán tener derecho a un dividendo fijo preferente de carácter acumulativo o no, de acuerdo a las condiciones de emisión. Podrá acordársele también una participación adicional en las ganancias liquidas y realizadas y reconocérsele prioridad en el reembolso del capital, en caso de liquidación. Cada acción ordinaria conferirá derecho de uno a cinco votos según se resuelva al emitirlas. Las acciones preferidas podrán emitirse con o sin derecho a voto, excepto para las materias incluidas en el artículo 244, párrafo cuarto, de la Ley General de Sociedades Nº 19.550, sin perjuicio de su derecho de asistir a las reuniones de socios con voz. Los títulos representativos de las acciones, así como los certificados provisorios que se emitan, contendrán las menciones de los artículo 211 y 212 de la Ley General de Sociedades Nº 19.550. Podrán emitirse títulos representativos de más de una acción. Suscripción: los socios suscriben el 100 % del capital social de acuerdo con el siguiente detalle: (a) Linda Pamela Liendro, suscribe la cantidad de 130 (ciento treinta) acciones ordinarias nominativas no endosables. (b) Gabriel Alejandro Bravo, suscribe la cantidad de 130 (ciento treinta) acciones ordinarias nominativas no endosables. (c) Martin Miguel Venier, suscribe la cantidad de 130 (ciento treinta) acciones ordinarias nominativas no endosables. El capital social se integra en un veinticinco por ciento (25 %) en dinero efectivo, acreditándose tal circunstancia mediante comprobante de depósito bancario debiendo integrarse el saldo pendiente del capital social dentro del plazo máximo de dos (2) años, contados desde la fecha de constitución de la sociedad.

Administración: la administración y representación de la sociedad estará a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) miembros. La administración de la sociedad tendrá a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuere plural, los administradores la administrarán y representarán en forma indistinta. Durarán en el cargo por plazo indeterminado. Mientras la sociedad carezca de Órgano de Fiscalización deberá designarse, por lo menos, un administrador suplente. Durante todo el tiempo en el cual la sociedad la integre un único socio, éste podrá ejercer las atribuciones que la ley le confiere a los órganos sociales, en cuanto sean compatibles, incluida la administración y representación legal. Cuando la administración fuere plural, las citaciones a reunión del órgano de administración y la información sobre el temario, se realizarán por medio fehaciente. También podrá efectuarse por medios electrónicos, en cuyo caso, deberá asegurarse su recepción. Las reuniones se realizarán en la sede social o en el lugar que se indique fuera de ella, pudiendo utilizarse medios que permitan a los participantes comunicarse simultáneamente entre ellos. Para la confección del Acta rigen las previsiones del tercer párrafo del artículo 51 de la Ley Nº 27.349. Las resoluciones se adoptarán por mayoría absoluta de votos de los miembros presentes. Los administradores podrán autoconvocarse para deliberar sin necesidad de citación previa, en cuyo caso las resoluciones adoptadas serán válidas si asisten la totalidad de los miembros y el temario es aprobado por mayoría absoluta. Quien ejerza la representación de la sociedad obliga a ésta por todos los actos que no sean notoriamente extraños al objeto social. Administradores: Administrador Titular: Linda Pamela Liendro, DNI Nº 32.630.597, CUIL Nº 27-32630597-4, de nacionalidad argentina, con domicilio en lote 17, Mza. 17, Bº Praderas de San Lorenzo, provincia de Salta. Administrador Suplente: Martin Miguel Venier, DNI Nº 24.875.040, CUIL Nº 20-24875040-6, de nacionalidad argentino, con domicilio en Pje. Mollinedo Nº 326, provincia de Salta.

Fiscalización: la sociedad prescinde de la sindicatura.

Fecha del Cierre del Ejercicio Económico: 31 de diciembre.



Sierra,
DIRECTORA GRAL. DE SOCIEDADES




F. N° 0011 - 00004018
Orden de Publicación: 100082530
Importe: $1.855,00
Fecha/s de publicación: 10/12/2020

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