RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 20 de Noviembre de 2020

RESOLUCIÓN Nº 19.219

MINISTERIO PÚBLICO DE LA PROVINCIA DE SALTA

VISTAS:

Las Actuaciones Nº 234/2020 caratuladas: "Feria Judicial Extraordinaria" y las medidas dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional, Provincial y la Corte de Justicia de Salta; y

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de la emergencia sanitaria ocasionada por la Pandemia de Covid-19, el Colegio de Gobierno dispuso mediante Resolución Nº 19.153/2020, la finalización de la Feria Judicial Extraordinaria para el Distrito Judicial Centro desde el día hábil siguiente al 4 de octubre de 2020 y para el Distrito Judicial Sur, circunscripción Metán y Anta desde el dia hábil siguiente al 11 de octubre de 2020 y estableció la modalidad de prestación de servicios en los Distritos Judiciales de Orán y Tartagal.

Que, asimismo se estableció que la actividad presencial se restablezca de manera gradual y progresiva para lo cual cada Ministerio organizó al personal de su área.

Que,  en atención a la actual realidad sanitaria, en concordancia a lo establecido por la Corte de Justicia de Salta en Acordada Nº 13.237, y a fin de optimizar los servicios a cargo de este Ministerio, se entiende oportuno establecer el regreso a la modalidad presencial de todo el personal que no esté incluido en la población de riesgo, debiendo cada uno de los Ministerios organizar el funcionamiento de las dependencias a su cargo, a fin de respetar el distanciamiento social, las normas y protocolos sanitarios.

Que conforme lo expresado, se emite el presente instrumento.

POR ELLO;

EL COLEGIO DE GOBIERNO,  

RESUELVE:

1. DISPONER que a partir del 24 de noviembre de 2020 todo el personal de todos los Distritos Judiciales, que no se encuentren incluidos como población de riesgo, prestará servicios de modo presencial en el horario de 8:00 a 13:00 y/o de 14:00 a 18:00 horas.

2. DISPONER que cada uno de los Ministerios organizará y establecerá el número máximo de empleados por oficina y por turno, respetando el distanciamiento social, las normas y protocolos sanitarios vigentes, e informando dicha organización a Dirección de Personal y al Área de Higiene y Seguridad a fin de que puedan ejercer el control a su cargo.

3. ESTABLECER que en el Área de Administración Central, cada Dirección organizará el funcionamiento de sus servicios de manera presencial con todo el personal que no esté exceptuado, conforme lo establecido en el punto 2, elevando a la Secretaría de Dirección de Despacho, Dirección de Personal y al Área de Higiene y Seguridad la organización determinada.

4. ESTABLECER que las personas consideradas como población de riesgo en el punto 7 de la Resolución Nº 18.815/2020 mantendrán el permiso extraordinario de ausencia.

5. DETERMINAR que los magistrados, funcionarios y personal que no concurran presencialmente deberán prestar servicios bajo la modalidad de trabajo remoto.

6. ESTABLECER la estricta observancia de las medidas de salubridad e higiene dispuestas por este Colegio de Gobierno, conforme a las disposiciones de las autoridades sanitarias competentes.

7. RATIFICAR la vigencia de todas las Resoluciones dictadas por el Colegio de Gobierno del Ministerio Público con motivo de la pandemia Covid 19 (Coronavirus) que no se opongan a la presente.

8. DISPONER la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la Provincia y en el sitio web del Organismo.

9. REGÍSTRESE, publíquese, notifíquese y archívese.



Abel Cornejo, PROCURADOR GENERAL DE LA PROVINICIA - Dr. Pedro Oscar García Castiella, DEFENSOR GENERAL DE LA PROVINCIA - Dra. Mirta Lapad, ASESORA GENERAL DE INCAPACES - Dra. Mirna Paola Obeid, SECRETARIA DE DESPACHO


R. S/C N° 100009985
Orden de Publicación: 100082271
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 26/11/2020

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