RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 30 de Julio de 2021

RESOLUCIÓN Nº 120

COORDINACIÓN DE ENLACE Y RELACIONES POLÍTICAS DE LA GOBERNACIÓN

Expediente N° 411-123095/2021-0

VISTO la Contratación Abreviada N° 124/21 y su complementaria N° 135/21 de la Secretaría de Procedimiento dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos; y,

CONSIDERANDO:

Que el Director Ejecutivo de la Agencia de Contención y Desarrollo Comunitario solicitó la compra de Víveres Secos, a fin de solventar, la provisión del servicio de desayuno y merienda para raciones estimadas en el marco del Programa Refuerzo Alimentario - Copa de Leche 2021;

Que desde la transversalidad estatal y en comunicación con las autoridades del Ministerio de Educación, Ciencia, Cultura y Tecnología de la Provincia de Salta, se encomienda a la Agencia de Contención y Desarrollo Comunitario, creada mediante Decreto Provincial N° 226/20 intervenir en la diagramación de abordajes tendientes a la implementación inmediata del Programa Refuerzo Alimentario -Copa de Leche- Salta;

Que en tal contexto, este organismo, pone en práctica acciones en miras a dar ejecutividad al refuerzo alimentario, y en mérito a ello gestiona la adquisición de insumos secos, consistente en yerba mate a razón de 1.575 kilos, azúcar por 10.500 y 2.700 kilos de cacao en polvo;

Que para el cumplimiento de dicho objetivo, la Agencia de Contención y desarrollo Comunitario, asume las erogaciones en las que específicamente se incurra con motivo de la implementación encomendada;

Que el Administrador General del SAF -Unidad Operativa-, encuadra el procedimiento de contratación en los términos del art. 15 i de la Ley Nº 8.072 y apartado 1) del art. 22 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18 que en la parte pertinente contempla los casos donde Las Funciones Esenciales del Estado devienen en una situación de "URGENCIA", incorporando imputación preventiva de las sumas presupuestadas;

Que a fin de dar cumplimiento a lo contemplado en los pliegos de Condiciones Particulares "Anexo I" se lleva a cabo C.A. N° 124/21 por la cantidad de 2.700 unidades x 180 grs. de cacao, y se integra la cantidad total de 2.700 Kgs. mediante C.A. N° 135/21, de forma complementaria, tendiente a adquirir los 2.214 kgs. de cacao -Renglón N° 3- faltantes en la C.A. N° 124/21;

Que obran los pliegos de condiciones generales y particulares y constancia de invitación acreditando cumplimiento de los principios exigibles para las contrataciones públicas en cuanto a la publicidad, concurrencia, legalidad, etc., realizando las debidas invitaciones del llamado a Contratación Abreviada, dándose cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 22 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que han tomado intervención los órganos competentes del Estado conforme la normativa legal vigente, por lo que corresponde el dictado del instrumento administrativo pertinente;

POR ELLO;

EL COORDINADOR DE ENLACE Y RELACIONES POLÍTICAS DE LA GOBERNACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar Contratación Abreviada N° 124/21 y su complementaria, Contratación Abreviada N° 135/21, tendientes a la adquisición de productos perecederos destinados al "Programa Refuerzo Nutricional Copa de Leche 2021", en el marco de lo dispuesto por el art. 15 inc. i) de la Ley N° 8.072 del Sistema de Contrataciones de la Provincia y art. 22 apartado 1) del Decreto Reglamentario N° 1.319/18.

ARTÍCULO 2º.- Adjudicar los renglones 1º, 2º y 3º, de Contratación Abreviada N° 124/21, al proveedor Miguel Segura SA, CUIT Nº 30-56362781-2, por un monto de un millón cuatrocientos veintiún mil cuatrocientos ochenta y cuatro con 00/100, ($ 1.421.484,00).

ARTÍCULO 3º.- Adjudicar el renglón 1º, de la Contratación Abreviada Complementaria N° 135/21, al proveedor Miguel Segura SA, CUIT Nº 30-56362781-2, por un monto de ochocientos cuarenta y ocho mil setecientos con 00/100, ($ 848.700,00).

ARTÍCULO 4º.- Emitir oportunamente orden de compra, por un monto total de dos millones doscientos setenta mil ciento ochenta y cuatro ($ 2.270.184), previa verificación de documental a presentar por el oferente, conforme lo previsto en Ley N° 8.072.

ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a las respectivas partidas de la jurisdicción y CA correspondiente a la Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación - Ejercicio 2021.

ARTÍCULO 6º.- Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.



Outes




F. V/C N° 0012 - 00003134
Orden de Publicación: 100087432
Importe: $1.118,00
Fecha/s de publicación: 13/08/2021

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