RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 15 de Noviembre de 2.021

RESOLUCIÓN N° 660

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 386 - 259.432/2.020 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 86/21, para la contratación de la obra “CUNETA, BADENES Y PAVIMENTO ARTICULADO EN CALLES VARIAS DE LA LOCALIDAD DE EL JARDÍN - DPTO. LA CANDELARIA - PROVINCIA DE SALTA - AGENTINA HACE”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 103/104, mediante Resolución S.O.P. N° 492/21, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 13.126.636,38 (pesos trece millones ciento veintiséis mil seiscientos treinta y seis con 38/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.021, un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos, con la modalidad de Ajuste Alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 107/130, mediante Resolución N° 91/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 131 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 132 en el Boletín Oficial, a fs. 133 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 18 de Octubre de 2.021 (fs. 159/160), presentaron sus ofertas 03 (tres) empresas: “CIPROE S.R.L.”, “SEMACO S.A.” y “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 320/323, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 91/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda declarar admisibles a las ofertas presentadas por las empresas: “CIPROE S.R.L.”, “SEMACO S.A.” y “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que las ofertas de las empresas admisibles, se ajustan a los requerimientos técnico constructivos exigidos, cuentan con capacidad de ejecución anual y capacidad suficiente para esta obra, presentan sus cotizaciones y análisis de precios razonables, y la que se encuentra mejor colocada (SEMACO S.A.) resulta coherente su plan de trabajo y curva de inversión, su planilla de datos garantizados es correcta, respaldada con folletería correspondiente y refleja también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la cotización de la mano de obra requerida;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “SEMACO S.A.”, en la suma de $ 15.539.905,09 (pesos quince millones quinientos treinta y nueve mil novecientos cinco con 09/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.021, que representa un 8,31 % superior al presupuesto oficial actualizado con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 324/329, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presentaran impugnaciones al mismo;

Que a fs. 331 vta., el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura ratifica la imputación definitiva del gasto de fs. 79;

Que a fs. 332/333 vta., mediante Dictamen N° 314/21, toma intervención la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 334, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 138/21;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 86/21, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 492/21 para la ejecución de la obra “CUNETA, BADENES Y PAVIMENTO ARTICULADO EN CALLES VARIAS DE LA LOCALIDAD DE EL JARDÍN - DPTO. LA CANDELARIA - PROVINCIA DE SALTA - AGENTINA HACE”, con un presupuesto oficial de $ 13.126.636,38 (pesos trece millones ciento veintiséis mil seiscientos treinta y seis con 38/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.021, un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Declarar admisibles las ofertas de las empresas: “SEMACO S.A.”, “CIPROE S.R.L.” y “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y en ese orden de prelación.

ARTÍCULO 3°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa “SEMACO S.A.”, CUIT N° 30-70732538-7, la ejecución de la obra “CUNETA, BADENES Y PAVIMENTO ARTICULADO EN CALLES VARIAS DE LA LOCALIDAD DE EL JARDÍN - DPTO. LA CANDELARIA - PROVINCIA DE SALTA - AGENTINA HACE”, por un monto de $ 15.539.905,09 (pesos quince millones quinientos treinta y nueve mil novecientos cinco con 09/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.021, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 4°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “SEMACO S.A.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3° de la presente resolución.

ARTÍCULO 5°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 13.126.636,38 al Curso de Acción: 092007159801 - Financiamiento: A.E. Argentina Hace (299) - Ejercicio: 2.021.

ARTÍCULO 7°.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.022 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/57.

ARTÍCULO 8°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente




F. V/C N° 0012 - 00003936
Orden de Publicación: 100089906
Importe: $2.423,00
Fecha/s de publicación: 24/11/2021

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