AVISOS ADMINISTRATIVOS



AUTORIDAD METROPOLITANA DE TRANSPORTE - RESOLUCIÓN AMT N° 759/21



Y VISTO:
El Expediente administrativo A.M.T. N° 238-65250/21, la Ley N° 7.322, la Resolución AMT N° 170/18, el Acta de Directorio N° 47/21 y; CONSIDERANDO:.... EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD METROPOLITANA DE TRANSPORTE RESUELVE: ARTÍCULO 1º: APLICAR a ALTONI, GUSTAVO ADRIAN. DNI N° 29.964.951, titular de la Licencia de TAXI N° 1118, una multa a favor de la AUTORIDAD METROPOLITANA DE TRANSPORTE consistente en 05 (cinco) Unidades de Sanción (US), es decir la suma de $ 21.250,00 (Pesos veintiún mil doscientos cincuenta con 00/100), por incumplimiento a lo dispuesto en el art. 15 inc. 1) 2) y 3) de la Resolución A.M.T. N° 170/18 (infracciones al régimen de los permisos, autorizaciones, habilitaciones, o inscripción en el Registro de transporte - infracciones a las modalidades de explotación de los servicios - infracciones a las disposiciones vigentes en materia de vehículos, equipamiento, personal de conducción e instalaciones fijas), en el marco de lo dispuesto en el artículo 1 y concordantes del Reglamento del Servicio Público Impropio de Transporte de Salta, la Ley 7.322, en sus arts. 2, 4 y concordantes; y lo dispuesto en la Resolución AMT 211/13, que establece el Sistema de Control y Actualización Documental para los prestadores del Servicio Público Impropio de Transporte de Personas en la Región Metropolitana de Salta, en particular su Anexo, ello por los motivos expuestos en los considerandos de la presente Resolución. ARTÍCULO 2º: INTIMAR al Licenciatario a realizar el pago del monto establecido en el artículo anterior, dentro de un plazo de 15 (quince) días corridos a contar desde la notificación de la presente. El pago se considerará efectivizado una vez cancelado el mismo en los lugares habilitados para el cobro correspondiente, PREVIA EMISION DE LA BOLETA DE PAGO PERTINENTE POR AMT. ARTÍCULO 3º: INTIMAR a ALTONI, GUSTAVO ADRIAN. DNI N° 29.964.951 titular de la Licencia de TAXI N° 1118. a acreditar, ante A.M.T., en el plazo de 10 (diez) días hábiles de notificada la presente, el cumplimiento acabado de lo dispuesto en la Resolución A.M.T. N° 211/13, bajo apercibimiento de dictarse la CADUCIDAD de la licencia, en los términos del art. 48 inc. g) del Reglamento del Servicio Público Impropio de Transporte en la Región Metropolitana de Salta. ARTÍCULO 4º: EN CONTRA de la presente Resolución procede pedido de Aclaratoria dentro del plazo de 3 (tres) días de notificada (art. 176 Ley 5.348). Asimismo procede Recurso de Revocatoria (art. 4 inc. w ley 7.322 - Art. 177 Ley 5.348) en el plazo de 10 (diez) días posteriores a la notificación de la presente. ARTÍCULO 5º: REGÍSTRESE, notifíquese, comuníquese y oportunamente archívese. Fdo. Luis R. López (Director) y Dr. Gustavo Serralta (Vicepresidente) - AMT Salta.

SALTA, 23  de Noviembre de 2021.

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Aldazabal, ABOGADO - ASISTENTE PROFESIONAL




F. V/C N° 0012 - 00003970
Orden de Publicación: 100090009
Importe: $791,50
Fecha/s de publicación: 29/11/2021

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