RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 25 de Noviembre de 2021

RESOLUCIÓN N° 686

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 125 - 30.658/21 - 0 y agregados.

VISTO la Resolución S.O.P. N° 331/21; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el instrumento legal mencionado, se declara fracasado el procedimiento de Adjudicación Simple para la ejecución de la obra “SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA - LOTEO AMPLIACIÓN B° GARCÍA BÁSALO - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 11.178.026,87 (pesos once millones ciento setenta y ocho mil veintiséis con 87/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.021, un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Dirección de Infraestructura, Social y Productiva de la S.O.P. a contratar de manera directa la misma, en el marco de lo dispuesto por el art. 14 último párrafo de la Ley N° 8.072 (fs. 215/216);

Que tal como lo establece el artículo 14 último párrafo de la Ley N° 8.072, cuando el procedimiento de Adjudicación Simple no hubiese logrado su finalidad, la contratación podrá efectuarse de manera directa siempre que el precio ofertado no exceda el cinco por ciento (5 %) del precio testigo que informe la Unidad Central de Contrataciones;

Que en ese marco a fs. 218/220 se efectuaron invitaciones a cotizar la ejecución de la obra mencionada;

Que conforme el Acta de Apertura de Sobres, de fecha 14 de Octubre de 2.021 (fs. 222), presentaron sus ofertas 03 (tres) empresas “O.I.E.L. S.R.L.”, “ELECTRICIDAD R-D S.R.L.” e “IPM S.R.L.”, por el monto y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 320/321, rola el informe de la Comisión Evaluadora, la cual entiende que las ofertas de las empresas: “O.I.E.L. S.R.L.”, “ELECTRICIDAD R-D S.R.L.” e “IPM S.R.L.”, cumplen con los requisitos formales establecidos en el Pliego de Condiciones Particulares, pasando al análisis de los criterios de conveniencia dispuestos por el artículo 14 del citado pliego;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que todas las ofertas admisibles presentan sus análisis de precios razonables, planes de trabajo y metodologías coherentes, equipamientos suficientes, las cotizaciones de los salarios de la mano de obra prevista se condicen con los valores vigentes al momento de la apertura de sobres y que verifican técnicamente con lo solicitado en los pliegos, estando en condiciones de cumplir con el objeto del llamado;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora, recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “ELECTRICIDAD R-D S.R.L.”, en la suma de $ 11.713.454,36 (pesos once millones setecientos trece mil cuatrocientos cincuenta y cuatro con 36/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.021, que representa un 21,36 % inferior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 324/326, rolan las constancias de la notificación del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que presentaran impugnación al mismo;

Que a fs. 327 vta, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura ratifica la imputación definitiva del gasto de fs. 47;

Que a fs. 330/331 la Unidad Central de Contrataciones homologa como precio testigo al presupuesto oficial elaborado por la Secretaría de Obras Públicas por el monto de $ 11.178.026,87 (once millones ciento setenta y ocho mil veintiséis con 87/100) IVA incluido a valores del marzo de enero de 2.021;

Que a fs. 332/333 vta., mediante Dictamen N° 335/21, rola la intervención de la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 334, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 145/21;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de contratación efectuada de manera directa, llevado adelante por la Dirección de Infraestructura, Social y Productiva, encomendado por Resolución S.O.P. N° 331/21, para la ejecución de la obra “SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA - LOTEO AMPLIACIÓN B° GARCÍA BÁSALO - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 11.178.026,87 (pesos once millones ciento setenta y ocho mil veintiséis con 87/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.021, y actualizado a valores de Septiembre de 2.021 en la suma de $ 14.895.069,56 (pesos catorce millones ochocientos noventa y cinco mil sesenta y nueve con 56/100) IVA incluido, con la Modalidad de Ajuste Alzado y con plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos.

ARTÍCULO 2°.- Declarar admisibles las ofertas de las empresas “ELECTRICIDAD R-D S.R.L.”, “IPM S.R.L.” y “O.I.E.L. S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y en ése orden de prelación.

ARTÍCULO 3°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14, último párrafo de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa “ELECTRICIDAD R-D S.R.L.”, CUIT N° 30¬68133030-1, la ejecución de la obra “SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA - LOTEO AMPLIACIÓN B° GARCÍA BÁSALO - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 11.713.454,36 (pesos once millones setecientos trece mil cuatrocientos cincuenta y cuatro con 36/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.021, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos, tener su oferta de menor precio que el presupuesto oficial homologado y actualizado y resultar conveniente por cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 4°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “ELECTRICIDAD R-D S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 11.178.026,87 al Curso de Acción: 092007156901 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Proyecto: 584 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.021.

ARTÍCULO 7°.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.022 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/57.

ARTÍCULO 8°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente




F. V/C N° 0012 - 00003996
Orden de Publicación: 100090082
Importe: $2.457,00
Fecha/s de publicación: 01/12/2021

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