RESOLUCIONES



SALTA, 12 de Septiembre de 2022

RESOLUCIÓN N° 644

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 386 - 86.546/22 - 1 Cpde.y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 84/22, para la contratación de la obra “RED COLECTORA DEL BARRIO JUVENTUD UNIDA DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 143/144, mediante Resolución S.O.P. N° 488/22, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 53.226.817,65 (pesos cincuenta y tres millones doscientos veintiséis mil ochocientos diecisiete con 65/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022, con un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 146/175, mediante Resolución N° 107/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexo s correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 183 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 184 y vta. en el Boletín Oficial, a fs. 185 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 11 de Agosto de 2.022 (fs. 203/204), presentaron sus ofertas 02 (dos) empresas: “M.E.I. OBRAS Y SERVICIOS S.R.L.” y “CONSTRUCTORA ARGENTINA S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia, establecido en la Ley N° 8.072 y su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que a fs. 369/372, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 107/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda declarar admisibles, en lo relacionado a los requisitos formales, a las ofertas presentadas por las empresas “M.E.I. OBRAS Y SERVICIOS S.R.L.” y “CONSTRUCTORA ARGENTINA S.R.L.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el articulo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto la Comisión Evaluadora entiende que las ofertas de las empresas admisibles, cumplen con los requerimientos técnico constructivos, cuentan con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficientes para esta obra, presentan sus cotizaciones y análisis de precios razonables, cumplen con la planillas de Datos Garantizados, resultan coherentes sus planes de trabajo y las metodologías propuestas y sus equipamientos son suficientes, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres en lo relacionado a la cotización de la mano de obra requerida;

>Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “CONSTRUCTORA ARGENTINA S.R.L.”, en la suma de $ 58.476.662,00 (pesos cincuenta y ocho millones cuatrocientos setenta y seis mil seiscientos sesenta y dos con 00/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022, que representa un 3,35 % superior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 373/376, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presenten impugnaciones al mismo;

Que a fs. 379 vta., el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, ratifica la imputación fs. 136;

Que a fs. 380/383, mediante Dictamen N° 392/22, la Asesoría Legal de la Secretaria de Obras Públicas, toma intervención, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs.384, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 140/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 84/22, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 488/22, para la ejecución de la obra “RED COLECTORA DEL BARRIO JUVENTUD UNIDA DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 53.226.817,65 (pesos cincuenta y tres millones doscientos veintiséis mil ochocientos diecisiete con 65/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022, con un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Declarar admisibles a las ofertas de las empresas “CONSTRUCTORA ARGENTINA S.R.L.” y “M.E.I. OBRAS Y SERVICIOS S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y en ése orden de prelación.

ARTÍCULO 3°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa “CONSTRUCTORA ARGENTINA S.R.L.”, CUIT N° 30-71500760-2, la ejecución de la obra “RED COLECTORA DEL BARRIO JUVENTUD UNIDA DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 58.476.662,00 (pesos cincuenta y ocho millones cuatrocientos setenta y seis mil seiscientos sesenta y dos con 00/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022, con un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 4°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “CONSTRUCTORA ARGENTINA S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará la suma de $ 53.226.817,65 al Curso de Acción: 092038008701 - Financiamiento: Libre Disp. (10011) - Proyecto: 1001 - Unidad Geográfica: 126 - Ejercicio: 2022.

ARTICULO 7°.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Eercicio 2.023 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/57.

ARTÍCULO 8°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00006196
Orden de Publicación: 100097594
Importe: $4.214,00
Fecha/s de publicación: 21/09/2022

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