RESOLUCIONES



SALTA, 07 de Diciembre de 2022

RESOLUCIÓN N° 964

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 322 - 287.675/2.020 - 1Cpde. y agregados

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 97/22, para la contratación de la obra “REFACCIONES VARIAS CENTRO DE INTEGRACIÓN Y TRATAMIENTO - PROGRAMA PUENTE - SALTA - CAPITAL”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 113/114, mediante Resolución S.O.P. N° 707/22, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 17.992.241,91 (pesos diecisiete millones novecientos noventa y dos mil doscientos cuarenta y uno con 91/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022 y con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 116/138, mediante Resolución N° 123/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 146 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 150 en el Boletín Oficial, a fs. 147 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 26 de Octubre de 2.022 (fs. 168/170), presentaron sus ofertas 7 (siete) empresas: “SILIOTTO S.R.L.”, “LÓPEZ, MARIO ALFREDO RODOLFO”, “RABUFETTI CONSTRUCCIONES”, “MB CONSTRUCCIONES”, “ADOBE CONSTRUCCIONES”, “DIEGO DAVID FRANCO VIVEROS” y “MARÍA FERNANDA LÓPEZ PAPALARDO”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia, establecido en la ley N° 8.072 y su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que a fs. 465/469, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 123/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, el cual recomienda desestimar a las ofertas presentadas por las empresas: “SILIOTTO S.R.L.” y “ADOBE CONSTRUCCIONES”, por incumplimiento al requisito dispuesto por el artículo 7° inc. l) del Pliego de Condiciones Particulares y “DIEGO DAVID FRANCO VIVEROS” en razón de que se observa que la mano de obra cotizada se encuentra por debajo de los montos de aplicación obligatoria, no adecuándose al articulo 11° del Pliego de Condiciones Particulares, y recomienda declarar admisibles, en lo relacionado a los requisitos formales, a las ofertas presentadas por las empresas “LÓPEZ, MARIO ALFREDO RODOLFO”, “RABUFETTI CONSTRUCCIONES”, “MB CONSTRUCCIONES” y “MARÍA FERNANDA LÓPEZ PAPALARDO”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el articulo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que las ofertas de las empresas admisibles, cuentan con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficientes para esta obra, presentan sus cotizaciones y análisis de precios razonables, resultan coherentes sus planes de trabajo y las metodologías propuestas y sus equipamientos son suficientes, respetando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres en lo relacionado a la mano de obra cotizada;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la firma “MARÍA FERNANDA LÓPEZ PAPALARDO”, en la suma de $ 18.059.591,26 (pesos dieciocho millones cincuenta y nueve mil quinientos noventa y uno con 26/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022, que representa un 24,24 % inferior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 470/483, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presenten impugnaciones al mismo;

Que a fs. 486 vta., el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura ratifica la imputación del gasto de fs. 100;

Que a fs. 487/488, mediante Dictamen N° 437/22, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, toma intervención sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 489, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 170/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo de adjudicación respectivo;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 97/22, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 123/22, para la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS CENTRO DE INTEGRACIÓN Y TRATAMIENTO - PROGRAMA PUENTE - SALTA - CAPITAL”, con un presupuesto oficial de $ 17.992.241,91 (pesos diecisiete millones novecientos noventa y dos mil doscientos cuarenta y uno con 91/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Desestimar por inadmisibles a las ofertas de las empresas: “SILIOTTO S.R.L.”, “ADOBE CONSTRUCCIONES” y “DIEGO DAVID FRANCO VIVEROS”, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°.- Declarar admisibles a las ofertas de las firmas: “MARÍA FERNANDA LÓPEZ PAPALARDO”, “LÓPEZ, MARIO ALFREDO RODOLFO”, “RABUFETTI CONSTRUCCIONES”, “MB CONSTRUCCIONES”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y en ese orden de prelación.

ARTÍCULO 4°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa “MARÍA FERNANDA LÓPEZ PAPALARDO”, CUIT N° 27-­31193539-4, la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS CENTRO DE INTEGRACIÓN Y TRATAMIENTO - PROGRAMA PUENTE - SALTA - CAPITAL”, por un monto de $ 18.059.591,26 (pesos dieciocho millones cincuenta y nueve mil quinientos noventa y uno con 26/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “MARÍA FERNANDA LÓPEZ PAPALARDO”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 17.992.241,91 al Curso de Acción: 09200719104 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 936 - Unidad Geográfica 99 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 8°.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.023 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16, inciso a) del Decreto Ley N° 705/57.

ARTÍCULO 9°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00006952
Orden de Publicación: 100100014
Importe: $4.652,00
Fecha/s de publicación: 15/12/2022

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