DISPOSICIONES



SALTA, 15 Marzo del 2023

DISPOSICIÓN N° 19

UNIDAD CENTRAL DE CONTRATACIONES

VISTO
el articulo N° 1 de la Disposición N° 18 de fecha 07 de marzo de esta Unidad Central de Contrataciones, y la ley N° 5.348 de Procedimientos Administrativos;

CONSIDERANDO:

Que por error material se estableció en el artículo N° 1 de la Disposición N° 18 de esta Unidad Central de Contrataciones “Dejar establecido que el Jornal Básico (diario) sin cargas sociales, correspondiente a la categoría de peón ayudante del Convenio Colectivo de la Construcción vigentes al mes de Febrero de 2023, es de $ 4.976,00 (Pesos Cuatro mil Novecientos Setenta y Seis c/00 Ctvos.)”.

Que dicho error se evidencia en la vigencia del mes de febrero consignado, siendo el mes de marzo el correcto.

Que, atento a ello, en los términos del artículo 76 de la ley 5.348 corresponde rectificar dicho error, y en consecuencia establecer el valor del Jornal Básico (diario) sin cargas sociales, correspondiente a la categoría de peón ayudante del Convenio Colectivo de la Construcción vigentes al mes de marzo;

Que el Programa Jurídico de este organismo, ha tomado la intervención que le compete;

Que, por lo expuesto, resulta necesario dictar el instrumento legal pertinente;

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE LA

UNIDAD CENTRAL DE CONTRATACIONES

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- ENMENDAR el articulo N °1 de la Disposición Nº 18 de fecha  07 de marzo del año 2023 de esta Unidad Central de Contrataciones; el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 1°.- Dejar establecido que el Jornal Básico (diario) sin cargas sociales, correspondiente a la categoría de peón ayudante del Convenio Colectivo de la Construcción vigentes al mes de Marzo de 2023, es de $ 4.976,00 (Pesos Cuatro mil Novecientos Setenta y Seis c/00 Ctvos.)”

ARTÍCULO 2°.- Tomen razón el Programa de Registro de Contratistas de Obras Públicas, el Registro de Proveedores de Bienes y Servicios y las distintas Unidades Operativas de Contrataciones de la Administración Centralizada y Descentralizada y Organismos Autárquicos, los SAF Ministeriales, y la Secretaría de Procedimientos de Contrataciones de Salta.

ARTÍCULO 3°.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial, y  en la página web del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, e insertar en el Libro de Disposiciones y archivar.



Chanampa




R. S/C N° 100011781
Orden de Publicación: 100102294
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 16/03/2023

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