SALTA, 06 de Agosto de 2024
RESOLUCIÓN Nº 781
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 125 - 135.231/24 - 0 y agregados.
>VISTO el Legajo Técnico elaborado por la entonces Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “CUBIERTA EN PATIO ESCUELA N° 4.704 - CAFAYATE - DPTO. CAFAYATE - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que a fs. 01/06, rolan los antecedentes de las notas remitidas por el Senador de Cafayate y la Dirección de de la Esc. N° 4.704, donde se solicitan la financiación para la ejecución de la obra mencionada, la cual permitirá potenciar en el citado establecimiento el aprovechamiento del espacio en las horas de educación física, mitigando las altas temperaturas que sufren los niños del turno tarde y permitiendo su utilización incluso los días de lluvia;
Que la presente contratación tiene por objeto la construcción de un tinglado con estructura metálica y columnas de H° A°, con instalaciones eléctricas y pluviales destinado a las actividades deportivas y actos del establecimiento, todo ello conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 36/37 y a las especificaciones técnicas de fs. 13722 y 25/28;
Que, en virtud de ello, a fs. 31/44, la entonces Dirección de Obras Municipales de la Secretaría de Obras Públicas confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 177.592.869,53 (pesos ciento setenta y siete millones quinientos noventa y dos mil ochocientos sesenta y nueve con 53/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.024, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 38;
Que la contratación y ejecución de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos;
Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Cafayate;
Que a fs. 08, rola el informe Técnico Ambiental Nº 107/24, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;
Que a fs. 49/50, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 37/24 de la citada cartera ministerial;
Que a fs. 51, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;
Que a fs. 52/53, rola Dictamen Nº 333/24 emitido por la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;
Que a fs. 54, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 52/24;
Que a fs. 56, rola la intervención de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2.020 y la Resolución Nº 06/24 de la Secretaría de Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la entonces Dirección de Obras Municipales, para la obra “CUBIERTA EN PATIO ESCUELA Nº 4.704 - CAFAYATE - DPTO. CAFAYATE - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 177.592.869,53 (pesos ciento setenta y siete millones quinientos noventa y dos mil ochocientos sesenta y nueve con 53/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.024, con la Modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos.
ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de Cafayate.
ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de Cafayate, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011005207 - Proyecto: 1008 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Libre Disp. (100) - Ejercicio: 2.024.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente