SALTA, 30 de Octubre de 2024
RESOLUCIÓN Nº 155
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Expediente Nº 184-952/19 - Cpde. 1021 y agregados.
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se solicita la aprobación del Cuadro Modificatorio Nº 1 de la obra: “NUEVO HOSPITAL RICARDO SALINAS - EL POTRERO - DPTO. ROSARIO DE LA FRONTERA - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución Nº 129/22 del Ministerio de Infraestructura (fs. 39/41) a la firma “INGENIERO DANIEL MADEO CONSTRUCCIONES”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 274.557.794,14 (pesos doscientos setenta y cuatro millones quinientos cincuenta y siete mil setecientos noventa y cuatro con 14/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022 (fs. 06/08);
Que a fs. 01/05, la Inspección de Obras de la entonces Dirección de Obras de Salud de Obras Públicas, eleva a consideración de la superioridad el cuadro modificatorio de la obra de referencia, manifestando los motivos que dieran lugar al mismo y la variabilidad del monto de contrato, surgido del balance económico entre economías y demasías;
Que el presente cuadro modificatorio surge como consecuencia de las modificaciones en la estructura del proyecto, que dieron origen a modificaciones en el cómputo y presupuesto de la licitación. Algunos ítems aumentaron su cantidad, otros disminuyeron y se crearon además ítems nuevos;
Que en el cuadro modificatorio mencionado surge la siguiente Economía: Ítems Contractuales: 1) Excavación para base, 2) Excavación para viga de fundación, 3) Relleno o terraplenamiento a máquina c/suelo cal, 4) Cimiento corrido de H° ciclópeo, 5) Bases aisladas H° A°, 6) Vigas de arriostramiento H° A° y una Demasías: Ítems no contractuales: 1) Excavación para colchón granular para platea y 2) Platea Fundación de H° A°;
Que a fs. 100, mediante Actuación Nº 317/24 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, y a fs. 100 vta., la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, informando que del Cuadro Modificatorio surge una demasía de obra por la suma de $ 10.194.097,38 (pesos diez millones ciento noventa y cuatro mil noventa y siete con 38/100), cifra que representa un aumento equivalente al 3,71 % del monto contractual básico;
Que a fs. 101, la entonces Dirección de Obras Salud de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, manifiesta que la demasía asciende a la suma de $ 10.194.097,38 (pesos diez millones ciento noventa y cuatro mil noventa y siete con 38/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022, contando con la conformidad de la contratista;
Que a fs. 87/90, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en cumplimiento de la Resolución Nº 212/12 prorrogada por Resolución N° 102 D/22 de la citada cartera Ministerial y Decreto Nº 572/06;
Que a fs. 102 vta., rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, ratificando la imputación del gasto correspondiente de fs. 78;
Que a fs. 103/104, mediante Dictamen Nº 511/24, la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación del Cuadro Modificatorio de referencia;
Que a fs. 105, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete, mediante Informe Nº 21/24;
Por ellos, en el marco de lo dispuesto por el artículo 47 de la Ley N° 8.072 y artículo 67 y 5 pto. B) inc, 7) de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar la documentación que rola a fs. 44/57 de estas actuaciones, correspondiente al Cuadro Modificatorio Nº 1 de la obra: “NUEVO HOSPITAL RICARDO SALINAS - EL POTRERO - DPTO. ROSARIO DE LA FRONTERA - PROVINCIA DE SALTA”, que ejecuta la empresa “INGENIERO DANIEL MADEO CONSTRUCCIONES” (hoy “SUCESIÓN DE MADEO, LUIS DANIEL”), que representa una demasía que asciende a la suma de $ 10.194.097,38 (pesos diez millones ciento noventa y cuatro mil noventa y siete con 38/100), quedando el monto de la obra básica en la suma de $ 284.751.891,52 (pesos doscientos ochenta y cuatro millones setecientos cincuenta y un mil ochocientos noventa y uno con 52/100, IVA incluido a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022, el que como Anexo forma parte de presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Facultar al Secretario de Obras Públicas a suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato con la contratista, hoy denominada “SUCESIÓN DE MADEO LUIS DANIEL”, por el monto dispuesto en el Artículo 1º de la presente resolución.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente, se imputará al Curso de Acción: 081017041601 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Proyecto: 426 - Unidad Geográfica: 140 - Ejercicio 2.024.
ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Camacho