RESOLUCIONES
Publicado en el Boletín Oficial N° 22165, el día 13 de Abril de 2026



SALTA, 8 de Abril de 2026

RESOLUCION Nº 00235

SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y MINERÍA

Expediente Nº 0090227-83012/2024-0

VISTO la ley nacional Nº 26.331, las leyes provinciales Nros. 7.070, 7.543 y 8.483 y sus normas reglamentarias y demás normas concordantes, y;

CONSIDERANDO:

Que la ley nacional Nº 26.331, de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, dictada en el marco de la establecido en el artículo 41 de la Constitución Nacional tiene como objetivo “…el enriquecimiento, la restauración, conservación, aprovechamiento y manejo sostenible de los bosques nativos, y de los servicios ambientales que éstos brindan a la sociedad. Asimismo, establece un régimen de fomento y criterios para la distribución de fondos por los servicios ambientales que brindan los bosques nativos”;

Que por idéntica ley se ordena a las provincias el dictado de sus respectivos Ordenamientos Territoriales de Bosques Nativos (OTBN), debiendo contemplar tres categorías de conservación, debiendo los mismos ser actualizados cada cinco años;

Que en razón de ello la provincia de Salta sancionó la ley Nº 7.543 y su respectivo decreto Reglamentario Nº 2.785/09, por el que fuere aprobado el OTBN provincial;

Que posteriormente y en cumplimiento de la actualización ordenada, se sanciona la ley Nº 8.483, por la cual se tiene por cumplido el proceso participativo de actualización y revisión del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos seguido por la Provincia de Salta, cuyo informe técnico final, su adenda y respectivo soporte cartográfico para su aprobación, fueron incorporados como Anexos I y II respectivamente, en cumplimiento a lo establecido por el artículo 3º del Decreto Nº 2.785/2009, reglamentario de la Ley 7543;

Que actualmente y en función de las distintas actividades reguladas mediante dichas normas generales, existen regulaciones dispersas para cada una de ellas, esto es, los distintos planes de manejo a través de los cuales se determinan los requisitos formales y técnicos a los fines de una correcta gestión sobre los bosques nativos y en consecuencia respecto del OTBN definido por la provincia;

Que en ese sentido, resulta oportuno el dictado de una única norma en la cual se concentre todas aquellas especificaciones, definiciones y requisitos a cumplimentar por parte del administrado, simplificando y otorgándole de esta manera, mayor claridad en cuanto a su aplicación;

Que el art. 11 de la Ley Nº 7.070 establece que la provincia tiene el deber de
“…velar por la utilización racional de los recursos naturales y prevenir o interrumpir las causas de degradación ambiental, como así también definir políticas ambientales destinadas a armonizar las relaciones entre el ambiente y las actividades económicas”;

Que han intervenido las áreas técnicas de esta Secretaría, emitiendo opinión favorable al respecto;

Por ello,

EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

RESUELVE

ARTICULO 1º: APROBAR el reglamento que como Anexo forma parte integrante de la presente, por el cual se establecen los requisitos para la presentación y aprobación de los proyectos que impliquen la intervención sobre los bosques nativos de la provincia, de acuerdo a las Leyes Provinciales Nº 7070/00, Nº 7.543/09, Nº 8.483, sus respectivos reglamentos y demás normas concordantes.

ARTICULO 2º: DEJAR sin efecto las Resoluciones Nros. 558/13, 831/19, 333/20 y su modificatoria 411/ 20 y toda otra norma que se contraponga a la presente.

ARTICULO 3º: DETERMINAR que será de aplicación supletoria la ley provincial Nº 7070/00, su Decreto Reglamentario Nº 3097/00 y normas concordantes.

ARTÍCULO 4º: DEJAR establecido que la presente será de aplicación a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Salta.

ARTÍCULO 5º: PUBLICAR, registrar y archivar.



Aldazabal



VER ANEXO


R. S/C N° 100019511
Orden de Publicación: 100134609
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 13/04/2026

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