SALTA, 31 de Julio de 2024
DECRETO Nº 469
MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA
Expediente Nº 0140044-257210/2022-0.
VISTO el recurso jerárquico interpuesto por la firma Prosegur S.A. en contra de la Resolución Nº 1081/2023 dictada por el Ministerio de Seguridad y Justicia; y,
CONSIDERANDO
Que a través de la citada resolución se resolvió rechazar el recurso de revocatoria interpuesto en contra de la Resolución Nº 417/2023 del Ministerio de Seguridad y Justicia, que había aplicado a la empresa Prosegur S.A una multa de pesos $ 10.000,00 (pesos diez mil), de conformidad a lo dispuesto por el artículo 29 apartado II inciso c) del Decreto Reglamentario Nº 2097/2007, por haber infringido el deber previsto por el artículo 36 de la Ley Nº 7273, en concordancia con lo establecido en el artículo 27 -último párrafo- del mencionado decreto;
Que preliminarmente, cabe señalar que el aludido recurso fue presentado dentro del plazo de 10 (diez) días desde que la resolución recurrida fue notificada al interesado, por lo cual resulta formalmente admisible;
Que en el mismo, el impugnante reconoció que en la fecha del Acta de Infracción Nº 57/2022 su vigilador Mariano Rafael Condori se encontraba en falta, con su credencial habilitante vencida por 19 días;
Que la infracción, según sus dichos, se debió a que los dos cursos de actualización se realizan de manera virtual y el citado vigilador no contaba con la conectividad adecuada;
Que por ello solicitó que se considere una reducción de la multa impuesta, arguyendo que se encuentra en una difícil situación financiera y que realiza un esfuerzo diario para continuar con la actividad y mantener el empleo genuino de sus dependientes;
Que los argumentos expuestos en el recurso en análisis, constituyen meras aseveraciones genéricas que no aportan fundamentos serios suficientes para enervar el acto en crisis, pues en nada se relaciona el argumento esgrimido con la falta cometida, máxime cuando ésta se encuentra reconocida por el propio recurrente;
Que del informe producido por la División Control de Empresas de Seguridad Privada de la Policía de la Provincia de Salta surge que, en ocasión de labrarse el Acta de Infracción Nº 57/2022, al señor Condori se lo identificó con el uniforme de la empresa Prosegur S.A. y, al momento del control, manifestó que su credencial habilitante se encontraba vencida;
Que así, la multa impuesta por el Ministerio de Seguridad y Justicia se encuentra dentro de los parámetros fijados por la Ley Nº 7273 y su Decreto Reglamentario, por constituir una falta grave;
Que en razón de ello, la graduación se encuentra dentro de los límites fijados y resulta proporcional a la infracción cometida, por lo que no se advierten motivos para que la Administración modifique el criterio adoptado;
Que por lo expuesto y atento al Dictamen Nº 161/2024 emitido por la Fiscalía de Estado, corresponde rechazar el recurso jerárquico interpuesto;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Recházase el recurso jerárquico interpuesto por la firma Prosegur S.A. - CUIT Nº 30-57517012-5, en contra de la Resolución Nº 1081/2023 del Ministerio de Seguridad y Justicia, atento los fundamentos esgrimidos en el considerando precedente.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y Justicia, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Domínguez - López Morillo