DECRETO N° 795/22
APRUEBA CONVENIO ESPECÍFICO AL CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN Y FINANCIACIÓN PARA LA ASISTENCIA EN LA CESIÓN GRATUITA CONDICIONADA DE MAQUINARIA MEDIANTE EL FONDO NACIONAL DE MANEJO DEL FUEGO. SUSCRIPTO CON EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA NACIÓN.

Publicado en el Boletín N° 21316, el día 21 de Septiembre de 2022.



SALTA, 19 de Septiembre de 2022

DECRETO Nº 795

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

VISTO
el Convenio Específico al Convenio Marco de Cooperación y Financiación para la asistencia en la cesión gratuita condicionada de maquinaria mediante el Fondo Nacional de Manejo del Fuego; y,

CONSIDERANDO:

Que el mismo tiene por finalidad la cesión gratuita condicionada por parte del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación a favor de la Provincia de Salta, de maquinarias afectadas exclusivamente al desempeño de actividades que coadyuven a la prevención y tratamiento de incendios forestales y rurales, en el marco de la Ley Nacional Nº 26.815;

Que los bienes objeto de la mencionada cesión, han sido adquiridos mediante el Fondo Nacional de Manejo del Fuego, por un monto de $87.263.699,40 (Peses ochenta y siete millones doscientos sesenta y tres mil seiscientos noventa y nueve con cuarenta centavos);

Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 144 inciso 2º de la Constitución Provincial, y artículo 4º de la Ley Nº 8171 -modificada por su similar Nº 8274,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio Específico al Convenio Marco de Cooperación y Financiación para la asistencia en la cesión gratuita condicionada de maquinaria mediante el Fondo Nacional de Manejo del Fuego, suscripto entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación y el Gobierno de la Provincia de Salta, cuyo texto como Anexo forma parte integrante del instrumento.

ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - López Morillo



VER ANEXO




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