DECRETO N° 818/20
APRUEBA ADDENDA DE CONTRATO DE LOCACIÓN DE INMUEBLE CELEBRADO CON LA SRA. MERCEDES CARDOZO. DESTINO: FUNCIONAMIENTO DE LA DELEGACIÓN DE LA SECRETARÍA DE TRABAJO DE LA LOCALIDAD DE CAFAYATE.

Publicado en el Boletín N° 20881, el día 04 de Diciembre de 2020.



SALTA, 01 de Diciembre de 2020

DECRETO Nº 818

MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS, TRABAJO Y JUSTICIA

Expte. Nº 30233-29182-2020

VISTO
la Addenda al Contrato de Locación de Inmueble, suscripta entre el Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia, y la señora Mercedes Cardozo; y,

CONSIDERANDO:

Que por medio del Decreto Nº 1.460/2017, se aprobó el Contrato de Locación del inmueble ubicado en calle San Isidro Nº 111 de la localidad de Cafayate, destinado al funcionamiento de la Delegación de la Secretaría de Trabajo;

Que habiéndose producido su vencimiento, las partes acuerdan su prorroga desde el 01 de mayo de 2020 hasta el 30 de abril de 2023;

Que el Servicio Administrativo Financiero y la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio del rubro han tomado la intervención previa que les compete;

Que se ha dado debida participación a la Unidad Central de Contrataciones y a los organismos técnicos competentes del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/2018,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Addenda al Contrato de Locación de Inmueble celebrado entre el Secretario de Trabajo y la señora Mercedes Cardozo DNI Nº 2.538.173, a partir del 01 de mayo de 2020 y hasta el 30 de abril de 2023, la que como anexo forma parte del presente.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de la presente deberá imputarse a la partida respectiva y al Curso de Acción correspondiente al Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia.

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Villada - Posadas



VER ANEXO


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