DECRETO N° 1035/21
OTORGA CONCESIÓN DE USO DE AGUA PÚBLICA, A FAVOR DEL INMUEBLE - MATRÍCULA Nº 29.309 DEL DEPARTAMENTO GENERAL SAN MARTÍN.

Publicado en el Boletín N° 21124, el día 02 de Diciembre de 2021.



SALTA, 29 de Noviembre de 2021

DECRETO Nº 1035

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Expediente Nº 34-11689/09 y agregados

VISTO el pedido de concesión de uso de agua pública efectuado a favor del inmueble identificado catastralmente con la Matrícula Nº 29.309 del Departamento General San Martín; y,

CONSIDERANDO:

Que el titular registral del referido inmueble solicitó ante la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 7017 -Código de Aguas de la Provincia de Salta-, el otorgamiento de la concesión de uso de agua pública a favor de la Matricula Nº 29.309 del departamento General San Martín, para irrigar una superficie de 500 has., con un caudal de 262,5 Its./seg., como máximo y de ejercicio eventual, con aguas a derivar del Río Tartagal;

Que, a tal efecto, se encuentra cumplido el extremo exigido por el artículo 69 de la Ley Nº 7017, en relación a la propiedad del citado inmueble, en tanto se haya acreditada la titularidad registral de la Fiduciaria Erica Eliana Navarro del Fideicomiso de Administración Grupo Jasen, mediante la copia de la cédula parcelaria actualizada adjunta al expediente;

Que los avisos citatorios fueron cumplidos en legal tiempo y forma, sin que se hubiere registrado oposición alguna al otorgamiento de concesión, conforme lo prevé el artículo 51 de la Ley Nº 7017 y Decretos reglamentarios;

Que la Secretaría de Recursos Hídricos, en su carácter de Autoridad de Aplicación y previa verificación de los requisitos exigidos por la Ley, dictó la Resolución Nº 954/2010, aconsejando hacer lugar a la concesión de uso de agua pública, a favor de la Matrícula Nº 29.309 del departamento General San Martín, para irrigar una superficie de 500 has., de ejercicio eventual, con un caudal de 262,5 Its./seg. como máximo, con aguas a derivar del Río Tartagal, sujeto a las disposiciones del artículo 47 del Código de Aguas;

Que el Programa Jurídico de la Secretaría de Recursos Hídricos y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable, han tomado en su oportunidad la intervención que les compete, expidiéndose en sentido favorable;

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 32 y con encuadre en los artículos 24 inciso b), 47, 69 y concordantes del Código de Aguas -Ley Nº 7017- y su Decreto Reglamentario Nº 2299/2003, corresponde el dictado del presente acto administrativo;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Otórgase la concesión de uso de agua pública, a favor del inmueble identificado catastralmente con la Matrícula Nº 29.309 del departamento General San Martín, de titularidad de la Fiduciaria Erica Eliana Navarro del Fideicomiso de Administración Grupo Jansen, para irrigar una superficie de 500 has., con un caudal de 262,500 Its./seg. como máximo y de ejercicio eventual, con aguas a derivar del Río Tartagal margen izquierda, sujeto a lo dispuesto en los artículos 47, 69 y concordantes del Código de Aguas -Ley Nº 7017- y su Decreto Reglamentario Nº 2299/2003.

ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - De los Ríos Plaza - López Morillo




Responsive image Responsive image