ACTA Nº 90 Y RESOLUCION Nº 319 DE LA JUNTA DE VALUACIONES DE LA DIREC. GRAL. DE INMUEBLES - APRUEBA COEFICIENTES DE ACTUALIZACION DE VALORES DE LAS PARCELAS RURALES Y SUBRURALES DE LA PROVINCIA DE SALTA
VISTO el Acta Nº 90 y la Resolución Nº 319 de la Junta de Valuaciones de la Dirección General de Inmueble de la Provincia; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Acta Nº 90 del 19 de Diciembre de 2011, la Junta de Valuaciones estableció en el punto A), los Valores Unitarios Básicos para Parcelas Rurales al 37% en el año 2012, 44% en el año 2013 y 50% en el año 2014 de los valores promedio de mercado ($/Ha) aprobados por Resolución Nº 317 de la Junta de Valuaciones, y ratificados mediante Decreto Nº 2641/11;
Que asimismo, en el punto C) del Acta mencionada, se establecieron los Valores Unitarios Básico para Parcelas Subrurales al 37% en el año 2012, 44% en al año 2013 y 50% en el año 2014 de los valores promedio de mercado ($/Ha) de la Categoría 1 Desmontada con Riego Permanente corregidos con un coeficiente según se clasifique al Subrural en A, B y C;
Que el acta referenciada fue formalizada con la intervención de los miembros de la Junta de Valuaciones, señores Directores Generales de Inmuebles y de Rentas de la Provincia, Secretarías de Asuntos Agrarios y Obras Públicas, y Jefaturas de los Programas Registro Valuatorio, Registro Jurídico y Registro Técnico de la Dirección General de Inmuebles y representantes de las siguientes entidades del sector privado, a saber: Bodegas de Salta y Cámara Inmobiliaria Salteña;
Que de acuerdo al tratamiento indicado precedentemente, la Junta de Valuaciones instrumentó la Resolución Nº 319 aprobando como Anexo I la Tabla de Valores Unitarios Básicos para Parcelas Rurales y como Anexo II la Tabla de Valores Unitarios Básicos para Parcelas Subrurales;
Que posteriormente los representaciones de las siguientes entidades del sector privado, a saber: Cámara Regional de la Producción, Asociación PROGRANO, Sociedad Rural Salteña y Cámara del Tabaco de Salta manifiestan su acuerdo con los porcentuales determinados en los puntos A y C del Acta Nº 90 de la Junta de Valuaciones, aplicables a los valores unitarios básicos de las parcelas rurales y subrurales para los años 2012, 2013 y 2014;
Que habiéndose observado el procedimiento legal para establecer coeficientes de actualización de los valores de las parcelas, procede su aprobación con encuadre en las disposiciones del Artículo 147 del Código Fiscal de la Provincia;
Por ello,
El Gobernador de la provincia de Salta
D E C R E T A:
Artículo 1º - Apruébanse los coeficientes de actualización de los valores de las parcelas rurales y subrurales de la Provincia de Salta para los años 2012, 2013 y 2014, expresados en las Tablas de Valores Unitarios Básicos según Acta Nº 90 y Resolución Nº 319 de la Junta de Valuaciones de fecha 19 de Diciembre de 2011, cuyas copias en Anexos I y II, respectivamente, forman parte del presente.
Art. 2º - Declárase la vigencia de las valuaciones de los inmuebles rurales y subrurales de la Provincia de Salta, calculados con arreglo a los Valores Unitarios Básicos aprobados en el artículo precedente, a partir del 1 de Enero de cada uno de los años establecidos en dicho artículo.
Art. 3º - El presente decreto será refrendado por los señores Ministro de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos y Secretario General de la Gobernación.
Art. 4º - Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
VER ANEXO URTUBEY - Parodi - Samson