DECRETO N° 1685/19
TRANSFERENCIA DE CARGOS VACANTES DE UNIDADES EDUCATIVAS DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y EDUCACIÓN INICIAL.

Publicado en el Boletín N° 20636, el día 29 de Noviembre de 2019.



SALTA, 26 de Noviembre de 2019

DECRETO Nº 1685

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

EXPEDIENTE N° 0120159-191604/2019-0

VISTO
las presentes actuaciones mediante las cuales se gestiona la transferencia de cargos de unidades educativas dependientes de la Dirección General de Educación Primaria y Educación Inicial, del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología; y

CONSIDERANDO:

Que atento a las restricciones presupuestarias y financieras de la Provincia, dispuestas por el Decreto N° 233/2019, resulta imperioso la utilización de los cargos vacantes en establecimientos existentes en el sistema, siendo necesario su transferencia;

Que la Dirección General de Personal del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología ha verificado que, en el Sistema de Administración de Recursos Humanos del citado Ministerio, surge la existencia de cargos vacantes en unidades educativas, los que se encuentran en condiciones de ser transferidos, sin generación de una mayor erogación;

Que han tomado intervención los servicios técnicos y jurídicos de la citada Cartera Educativa;

Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Transfiéranse los cargos vacantes de unidades educativas dependientes de la Dirección General de Educación Primaria y Educación Inicial del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, conforme lo consignado en el Anexo del presente, y en mérito a las razones expuestas en el considerando del presente instrumento.

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra de Educación, Ciencia y Tecnología y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



URTUBEY - Berruezo Sánchez - Simón Padrós



VER ANEXO


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