DECRETO N° 1738/19
DEJA SIN EFECTO DECRETO Nº 528/2018. RECHAZA RECURSO DE RECONSIDERACIÓN. SR. ÁNGEL ORLANDO ROMANO.

Publicado en el Boletín N° 20640, el día 05 de Diciembre de 2019.



SALTA, 3 de Diciembre de 2019

DECRETO Nº 1738

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Exptes. Nºs 164537/15-código 321, 2852/13-código 179, original, correspondes 1002, 1003 y 1004, 48920/15-código 01 y 147011/18-código 321

VISTO el Decreto Nº 528/2018; y,

CONSIDERANDO:

Que por el citado decreto, se dispuso rechazar el recurso de reconsideración interpuesto por el señor Ángel Orlando Romano en contra del Decreto N° 283/2015, que había dispuesto su cesantía;

Que, no obstante ello, mediante el Decreto N° 97/2016, se dispuso otorgar el perdón administrativo a favor de dicho agente, respecto de la sanción de cesantía aplicada oportunamente;

Que en virtud de tal antecedente, el señor Romano solicita que se deje sin efecto el Decreto N° 528/2018;

Que tomó intervención la Fiscalía de Estado, mediante Dictamen N° 138/2019, concluyendo en la procedencia del recurso jerárquico;

Que, en efecto, la concesión del perdón administrativo fue otorgada con anterioridad a la emisión del Decreto N° 528/2018, aun cuando se haya acreditado su existencia en las actuaciones pertinentes con posterioridad al dictado de dicho acto, motivo por el cual correspondería que se haga lugar a la presentación del señor Ángel Orlando Romano y, en consecuencia, que se deje sin efecto el Decreto Nº 528/2018, de conformidad a lo prescripto por los artículos 49 inciso b), 69, 72 inciso f), 93 inciso a) y b) y 94 de la Ley Nº 5348;

Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas en el artículo 144, inciso 2°, de la Constitución Provincial, y los artículos 1° y 3° de la Ley N° 8053,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Déjase sin efecto el Decreto Nº 528/2018, en mérito a los motivos expuestos en el considerando del presente.

ARTICULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



URTUBEY - Mascarello - Simón Padrós




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